Sociedad y Justicia
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Piden preservar datos sensibles de alumnos y personal escolar
 
Periódico La Jornada
Miércoles 12 de febrero de 2014, p. 39

La Secretaría de Educación Pública (SEP) y las autoridades estatales del ramo deben bloquear cualquier acceso a datos sensibles de la población escolar una vez que concluya sus estudios o proceso de acreditación y certificación.

De acuerdo con las normas de control para el nivel básico en el ciclo 2013-2014, información como origen racial o étnico; estado de salud; datos genéticos; creencias religiosas, filosóficas y morales; preferencia sexual y afiliación sindical u opiniones políticas deben ser eliminadas de los archivos escolares para que sólo contengan los datos relacionados con su trayectoria académica.

En el documento, vigente para este ciclo, se define que los datos personales que afecten la esfera más íntima de su titular o cuya utilización indebida pueda dar origen a discriminación o conlleve un riesgo grave para éste, deben ser sometidos a un tratamiento legítimo, controlado e informado.

Este mecanismo de protección incluye a alumnos, directivos, docentes, padres de familia o tutores, a fin de garantizar su privacidad y el derecho a su autodeterminación informativa, por lo que la autoridad educativa que participe en el proceso de control escolar y reciba los datos personales debe notificar al titular, a través de un aviso de privacidad.

Además, es necesario incluir la identidad y domicilio del responsable que los recaba, la finalidad del tratamiento de los datos, opciones y medios que el titular ofrece para limitar el uso o divulgación de éstos, así como los medios para ejercer su derecho de acceso, rectificación, cancelación u oposición, de conformidad con lo dispuesto en la ley.

Las autoridades educativas también deben notificar las transferencias de los datos que efectúen, así como el procedimiento y medio por el cual se comunicará al titular de los datos sobre cambios de aviso de privacidad.

Aviso de privacidad

Para cumplir con la normatividad vigente, el aviso de privacidad debe ser puesto a disposición de quien dará a conocer sus datos personales mediante un documento físico o electrónico, que puede incluir los formatos de inscripción, reinscripción y traslado.

La dependencia señala que en el caso de los registros Nacional de Alumnos y Nacional de Emisión, Validación e Inscripción de Documentos Académicos –cuyo contenido no es público– se recabarán sólo la información indispensable y necesaria para el ejercicio de las atribuciones educativas, por lo que se procurará no incluir datos sensibles.