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El instituto afirma que la ley en la materia contiene el procedimiento de detección

Sin protocolos para identificar a víctimas de trata, 50% de las delegaciones del INM

Agentes entrevistados por el Insyde afirman que se nota en conductas como llanto e insomnio

 
Periódico La Jornada
Sábado 28 de diciembre de 2013, p. 11

Al menos la mitad de las 32 delegaciones federales del Instituto Nacional de Migración (INM) carecen de protocolos que les permitan identificar a víctimas de trata en su paso por territorio nacional hacia la frontera con Estados Unidos.

De acuerdo con un estudio del Instituto para las Mujeres en la Migración (Imumi), en el resto de las delegaciones se consultan documentos y protocolos muy distintos para identificar a los afectados por ese delito.

Mientras el Instituto para la Seguridad y la Democracia (Insyde) solicitó al INM el documento que contenga el procedimiento que debe seguirse para determinar si un indocumentado ha sido víctima de algún acto delictivo, se informó que dicho procedimiento se encuentra contenido en la Ley de Migración.

Sin embargo, aunque el artículo correspondiente de dicha legislación se refiere al procedimiento para la detección, identificación y atención de personas extranjeras víctimas de delito, estipula únicamente que cuando la autoridad migratoria tenga indicios de que una persona es posible víctima de la comisión de un delito, le hará una entrevista para corroborar su situación de vulnerabilidad, pero no explica cómo los agentes migratorios pueden obtener los mencionados indicios de una posible victimización para luego proceder a realizar la entrevista.

Personal del INM entrevistado por el Insyde expresó que puede haber distintas estrategias para la detección e identificación de las víctimas. Los migrantes pueden manifestar su malestar de distintas formas, pero se nota en su conducta –llanto, falta de apetito, insomnio– si están presentando un trastorno por estrés postraumático.

Según un Oficial de Protección a la Infancia, no se puede obligar a una persona a que exponga su caso, así que los agentes no pueden hacer más que observar, esperar y tratar de ganarse la confianza del migrante afectado. Si con este acercamiento no se logra detectar a la víctima, no se le puede dar la atención que requiere.

Por otro lado, en el proceso de la visa humanitaria participan el INM, que decide si se expide, y la Procuraduría Social de Atención a las Víctimas de Delitos (Províctima), que ofrece acompañamiento y apoyo sicológico a afectados por hechos de alto impacto, como homicidio, secuestro, extorsión o trata de personas, y emite –a petición del INM– una opinión respecto de la solicitud de visa.

Según Províctima, en ninguno de sus casos la visa humanitaria fue rechazada por el INM. Sin embargo, existen casos de resoluciones negativas sobre las que se desconocen los criterios para tal rechazo.

También se ha encontrado que en lugar de visa humanitaria el INM prefiere otorgar oficios de salida, que tienen una vigencia de 15 días y no permiten el debido seguimiento a las denuncias. De acuerdo con Províctima, se teme que el migrante solicite una visa humanitaria, por ejemplo, fingiendo un robo en algún albergue para poder seguir en su viaje, o que elementos del crimen organizado pudieran hacerse pasar por víctimas para conocer los procedimientos de las instituciones públicas.