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Ver día anteriorLunes 4 de noviembre de 2013Ver día siguienteEdiciones anteriores
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Superar la opacidad fiscal
L

uego que la Procuraduría General de la República (PGR) se rehusó a cumplir con un requerimiento del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (Ifai) de divulgar información relacionada con los amparos tramitados por presuntos delincuentes fiscales de 2011 a 2013, la institución responsable de promover la transparencia en el gobierno le ordenó dar a conocer los números de expediente y los juzgados en los que se encuentran radicados los amparos citados. Este es el episodio más reciente de una lucha por despejar, en alguna medida, la opacidad que impera en las dependencias de la administración federal sobre las condonaciones de impuestos y la evasión.

El Ifai ha solicitado en nueve ocasiones al Servicio de Administración Tributaria (SAT) hacer pública la lista de las personas físicas, empresas, estados y municipios a las que condonó créditos fiscales en los pasados seis años, y en todas ellas se ha encontrado con una persistente defensa de la opacidad.

El argumento principal del SAT para negarse a cumplir las demandas de información es que no puede revelar datos protegidos por el secreto fiscal y, por ello, reservadas durante 12 años. La justificación es a todas luces improcedente, por cuanto las condonaciones de impuestos constituyen, a fin de cuentas, una transferencia de recursos públicos –es decir, dinero de todos– cuyas razones y circunstancias deben ser puestas en conocimiento de los ciudadanos.

Por su parte, la PGR se ha negado a revelar cualquier dato relacionado con juicios de amparo promovidos por acusados de delitos fiscales, con el pretexto de que esa información afectaría el sigilo y la secrecía de la averiguación previa, lo que pondría en riesgo la vida, la seguridad o la salud de las personas. En este caso la falacia reside en que nadie ha pedido a la entidad encargada de procurar justicia a escala federal revelar detalles de averiguación previa alguna sino, simplemente, información relacionada con actos juidiciales, los cuales, en el marco legal vigente, constituyen actos públicos que de ninguna manera pueden llevarse en secrecía.

Al margen de los alegatos de las dependencias referidas para negar una información que debe ser conocida por la sociedad, es claro que en el ámbito fiscal del país existe opacidad estructural que objetivamente protege la arbitrariedad y la discrecionalidad con la que las autoridades hacendarias benefician a grandes consorcios y a potentados, lo que es uno de los hilos de la red de complicidades que vincula al ámbito político con el empresarial.

En efecto, la información solicitada permitiría a la sociedad tener una idea precisa de los magnates y las corporaciones indebidamente beneficiados por las autoridades hacendarias con lo que es, como quiera que se le vea, dinero de los causantes, transferido vía condonaciones, desistimientos en juicios por delitos fiscales o de otras maneras.

Estos episodios traen a la memoria la determinación con la que el sistema político encubrió la identidad de los beneficiarios del rescate bancario emprendido durante el gobierno de Ernesto Zedillo, así como la negativa de sus sucesores panistas a hacer pública una información que debía serlo, pues implicó endosar al país deudas privadas que sumaban, hace más de 15 años, cerca de 56 mil millones de dólares.

La connivencia tradicional entre el poder económico y los equipos encargados de la administración pública es –también se sabe desde hace mucho– uno de los principales factores que pervierten la vida política del país, y uno de los componentes centrales de la corrupción. Para empezar a combatir esa connivencia es necesario –aunque no suficiente– transparentar las decisiones fiscales que constituyen uno de sus mecanismos. Y para ello, a su vez, se requiere de una voluntad política clara e inequívoca.