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Sobreseídos, 4 de sus seis juicios; en otro, absuelto y en uno más recibió una pena menor

El narco Caro Quintero, libre por violaciones al debido proceso

Estuvo preso 28 años; su familia lo llevó a un lugar donde ni siquiera hay telefonía: la defensa

 
Periódico La Jornada
Sábado 10 de agosto de 2013, p. 3

Violaciones al debido proceso, carencia de pruebas para demostrar culpabilidad en el delito de asociación delictuosa y que el gobierno mexicano no acreditara la calidad de integrante de la misión diplomática estadunidense de Enrique Camarena Salazar –asesinado agen­te antidrogas encubierto–, permitieron que con juicios de amparo, Rafael Caro Quintero, uno de los narcotraficantes más famosos en el país, recuperara su libertad.

En 35 minutos, Caro dejó el reclusorio preventivo de Guadalajara. Pasó 28 años preso, fue sometido a seis procesos penales y su defensa logró que cuatro de ellos fueran sobreseídos, en otro fuera absuelto y en el último, la sentencia que recibió fue 13 años menor al tiempo que pasó en prisión.

A las 23:55 horas del jueves, arribó a la prisión de mediana seguridad el secretario del segundo tribunal unitario en materia penal con sede en Guadalajara. El funcionario informó a las autoridades carcelarias que Caro debía ser puesto en libertad inmediata.

Durante el trámite oficial, algunos de sus abogados lo esperaron fuera del reclusorio. A las 1:30 horas, el narcotraficante fue entregado a su familia, la cual lo llevó a un lugar donde ni siquiera hay señal de telefonía, indicaron fuentes de su defensa.

El Consejo de la Judicatura Federal indicó en una tarjeta informativa emitida por el segundo tribunal unitario en materia penal, con sede en Guadalajara, que el pasado 7 de agosto el primer tribunal colegiado en materia penal, que se localiza en esa ciudad, concedió a Rafael Caro Quintero el amparo y protección de la justicia federal, y mencionó que ya habían sido compurgadas las sanciones impuestas al narcotraficante por lo que hace a delitos contra la salud.

En el documento, los órganos judiciales señalaron que por lo que hace a la acusación de privación ilegal de la libertad y homicidio calificado contra Enrique Camarena Salazar, integrante de la agencia antidrogas de Estados Unidos (DEA por sus siglas en inglés), y el piloto aviador Alfredo Zavala Avelar, quienes fueron asesinados en febrero de 1985 en venganza por el aseguramiento de miles de toneladas de mariguana en el rancho El Búfalo, en Chihuahua.

Caro había sido sentenciado a 40 años de prisión por esos homicidios, pero los tribunales, el primer tribunal colegiado y el segundo tribunal unitario, determinaron que el órgano federal que lo enjuició no tenía competencia y el caso debía ser procesado por un juez del fuero común.

La defensa de Caro explicó que, además de haberse estimado la ilicitud del juicio en un juzgado federal, también se consideró que al narcotraficante se le violaron sus derechos al debido proceso, pues no se le dio asistencia consular cuando fue detenido en abril de 1985 en San José de Costa Rica, adonde había huido tras los asesinatos de Camarena y Zavala.

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Rafael Caro Quintero llega al Reclusorio Oriente, tras su captura por la Interpol en Costa RicaFoto Fabrizio León Diez

Los órganos jurisdiccionales concedieron amparo a Caro en lo que se refiere a los homicidios de Albert G. Radelat y John Clay Walker, quienes fueron privados de la vida el 30 de enero de 1985 en Jalisco. El argumento fue que se varió, en perjuicio del quejoso, el marco legal trazado en las conclusiones acusatorias. Por ello también había sido sentenciado a 40 años de cárcel.

De igual manera, Caro fue amparado contra una acusación por privación ilegal de la libertad, en la cual se le imputaba haber retenido contra su voluntad a miles de campesinos para que cultivaran mariguana en El Búfalo. Pero los tribunales detectaron que el capo ya había sido juzgado y su sentencia fue absolutoria, por lo que ya no se le debía juzgar nuevamente.

Otra decisión de sobreseimiento se dio en cuanto a la acusación que la PGR le formuló por delitos contra la salud en las modalidades de siembra, cultivo y cosecha de enervantes en 1984, en los lugares conocidos como Los Juncos y rancho Montesco, en los municipios de Coyame y Jumiles, en Chihuahua.

El delito por el que fue sentenciado se relaciona con el rancho El Búfalo, donde se le aseguraron toneladas de mariguana en noviembre de 1984. El capo fue sentenciado a 15 años de prisión y a pagar una multa de un millón de pesos. El tiempo de prisión ya había sido cumplido debido a que llevaba 28 años encarcelado. La multa económica también fue cancelada por considerla prescrita.

Caro fue absuelto de las acusaciones de asociación delictuosa y los tribunales ordenaron su liberación, la cual se cumplió la madrugada de ayer.

Entre 2005 y 2007, los abogados de Caro obtuvieron dos amparos de la Suprema de Justicia de la Nación, con los cuales se determinó que no se concedería la extradición del capo que consolidó el cártel de Jalisco –el cual dirigió en los 80 junto con Miguel Ángel Félix Gallardo y Ernesto Fonseca Carrillo–, porque en México no había cadena perpetua ni pena de muerte, sentencias a las que podría hacerse acreedor en Estados Unidos, nación que a la fecha lo mantiene en su lista de los fugitivos más buscados.

La defensa de Caro informó que al momento de dictarse la libertad de su cliente no existían ni acusaciones penales ni solicitudes de extradición vigentes, por esa razón no fue detenido a su salida de la prisión de mediana seguridad que se localiza en el complejo penitenciario en Jalisco.