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Desecha iniciativa Comisión de Transporte de San Lázaro

No pasa reforma para exigir examen antidoping a conductores de carga
 
Periódico La Jornada
Miércoles 15 de mayo de 2013, p. 21

A una semana de la explosión de una pipa de gas que provocó 25 muertes en San Pedro Xalostoc, estado de México, la Comisión de Transportes de la Cámara de Diputados desechó una reforma que ya había sido avalada –en principio– por ambas cámaras del Congreso, para obligar a las empresas de transporte de carga a aplicar exámenes antidoping a sus conductores y tramitar una constancia de aptitud sicofísica.

El presidente de la comisión, el panista Juan Carlos Muñoz Márquez, quien también es presidente de la Cámara Nacional del Autotransporte de Carga (Canacar), argumentó que las propias empresas debían aplicar un examen toxicológico a los conductores para evitar que manejen drogados, y en referencia al percance en Xalostoc, el empresario sólo dijo: El hecho nos conmovió de alguna manera.

La misma comisión, en febrero pasado, desechó una iniciativa del Partido del Trabajo (PT) para prohibir los dobles remolques y limitar a 30 toneladas el máximo de carga. Además está pendiente de dictamen de una segunda propuesta, ésta del PRI, con el mismo fin.

El 27 de abril de 2012 el pleno de la Cámara de Diputados aprobó una reforma al artículo 36 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a iniciativa del entonces diputado Adolfo Rojo Montoya. El documento se envió como minuta al Senado que la aprobó con cambios.

En la exposición de motivos, Rojo Montoya sostuvo que los trastornos y enfermedades de los conductores de transporte pesado ocasionan que por descuidos durante la conducción se pierda el control y el desenlace es un accidente donde se involucra a inocentes que pierden la vida; el factor humano ocasiona 90 por ciento de percances en carreteras debido a hipertensión arterial, fatiga, consumo de drogas y alcohol.

Al asumir esa postura, la minuta enviada al Senado expresaba que los conductores del transporte público federal que circulan por las carreteras federales deberán portar (un) certificado médico expedido por una institución pública de salud, que tendrá vigencia de dos años.

El Senado avaló la intención de la reforma, pero modificó la redacción del citado artículo, y definió que los conductores de vehículos de autotransporte federal deberán portar la constancia de aptitud sicofísica vigente, de conformidad con la normatividad reglamentaria.

Sin embargo, en el dictamen votado ayer, Muñoz Márquez sostuvo que si bien la reforma tiene como objetivo regular una conducta muy sensible, desde 2010 el Reglamento del Servicio de Medicina Preventiva del Transporte dispone que la Dirección General de Protección y Medicina Preventiva en el Transporte, de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, debe emitir un dictamen de aptitud sicofísica para los conductores de transporte de carga.

Incluso, el diputado transportista calificó la minuta de los senadores como inconsistente y excesiva porque los certificados médicos de aptitud sicofísica son un requisito para las empresas y su expedición está concesionada a particulares.

El panista y empresario del transporte señaló que obligar a las compañías a obtener una constancia de actitud sicofísica podría derivar en actos de corrupción por empresas que al cumplir con la normatividad obtuvieran documentos falsos.