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Espera el Copred notificación oficial del cambio al reglamento de la firma estadunidense

Retira Six Flags condición sobre vestido para ingresar al parque

Critican ONG falta de rigor al aplicar leyes a empresas trasnacionales y contra la discriminación

 
Periódico La Jornada
Jueves 4 de abril de 2013, p. 35

Ayer fue modificado el segundo punto del reglamento del Código de Conducta del parque de diversiones Six Flags México que condicionaba el ingreso de visitantes a un código de vestido, por lo cual a todas aquellas personas que portaran ropa con alguna imagen o tuvieran en la piel un tatuaje visible con mensajes rudos o vulgares se les impediría el acceso.

La referida leyenda quedó eliminada por completo del reglamento general y de la página de Internet de uno de los parques de diversiones más grandes de la capital del país, pues fue considerada una práctica discriminatoria, lo cual originó la intervención preventiva del Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la ciudad de México (Copred).

Roberto Báez, representante de relaciones públicas del centro de diversiones, informó que en los 13 años que la filial estadunidense tiene en la ciudad no se ha discriminado a nadie; sin embargo, decidieron retirar la leyenda atendiendo a la recomendación del Copred.

Asimismo explicó que se comunicó con la presidenta del órgano, Jaqueline L’hoist Tapia, para dar aviso de la modificación.

Por la tarde, de manera oficial, dieron a conocer que en relación al ingreso al parque de personas con tatuajes que contengan lenguajes ofensivos o vulgares dentro del Código de Conducta de Six Flags México les informamos que hemos modificado la información con la finalidad de que éste no se malinterprete como un acto de discriminación hacia los visitantes.

Por su parte, Jaqueline L’hoist informó que el aviso de la modificación recibido en Copred fue por telefóno, por lo que esperarán que sea por escrito para cerrar el procedimiento que se abrió como intervención especial para prevenir la discriminación.

Comentó que el asunto fue relevante porque en la ciudad de México la tercera causa de discriminación es la apariencia y el referido punto la promovía, al restringir la entrada a personas con ropa o tatuajes con mensajes rudos o vulgares.

La actuación de Copred sienta un precedente porque en esta ocasión el trabajo fue preventivo. De mantenerse la restricción en el reglamento estaba latente la posibilidad de la discriminación, apuntó L’hoist Tapia.

Violan la Constitución: ONG

Prohibirle a alguien la entrada a un parque de diversiones por el solo hecho de estar tatuado va en contra de los principios de la Constitución Mexicana y evidencia la falta de control de la actuación de los particulares que ofrecen algún tipo de servicio, más aún cuando se trata de empresas trasnacionales como Six Flags, señalaron integrantes de organizaciones sociales.

Brenda Montes, coordinadora del área de igualdad y no discriminación del Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia, afirmó que la citada compañía estadunidense pasó por alto diversas leyes nacionales, entre ellas el artículo primero de la Carta Magna y el Código Penal de la ciudad de México, donde se prohíbe cualquier forma de discriminación.

Todos los establecimientos mercantiles del Distrito Federal están obligados a respetarlo y poner un cartel donde digan que no pueden discriminar a nadie, pero lo de Six Flags evidencia la precariedad que hay en la regulación hacia los particulares, sobre todo para las empresas trasnacionales que gozan de grandes beneficios a muy bajo costo, subrayó.

Si bien ese parque ya echó atrás la mencionada prohibición, la investigadora advirtió que nada garantiza que no pueda volver a imponerla, pues la discriminación es un hábito arraigado en el país.

Carlos Cruz, director general de la organización Cauce Ciudadano, aseveró que los servicios brindados por particulares suelen pasar por alto las leyes de no discriminación.