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Pueden enfrentar procesos en libertad, pues no son graves

Prescribieron tres delitos cometidos por ex funcionarios, opinan abogados
 
Periódico La Jornada
Lunes 18 de marzo de 2013, p. 12

En la violación al debido proceso de Florence Cassez las autoridades policiacas mexicanas, encabezadas en 2005 por Genaro García Luna, incurrieron en los delitos de abuso de autoridad, falsedad en declaraciones, ejercicio indebido del servicio público y contra la administración de la justicia, pero de ellos los tres primeros ya prescribieron, coincidieron, entrevistados por La Jornada, los abogados penalistas Martín Osorio Millán, Rogelio Garza, José Patiño Hurtado y Alberto Guerrero Rojas.

Ninguno de éstos es grave, por lo que cualquier proceso abierto por alguno de esos delitos se enfrentaría en libertad, indicaron.

La semana pasada la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) informó que iba a presentar una demanda ante la Procuraduría General de la República (PGR) para que investigara y deslindara responsabilidad de 21 mandos de la desaparecida Agencia Federal de Investigación (AFI) por las irregularidades en la detención de Cassez.

Martín Osorio Millán, penalista egresado de la Universidad Nacional Autónoma de México, comentó: La Procuraduría General de la República (PGR) sólo puede sancionar ahora a Genaro García Luna (titular de la desaparecida AFI en el año 2005) por delitos contra la administración de la justicia, los cuales prescriben ocho años después de cometida la conducta.

Por su parte, el abogado Agustín Acosta Azcón, defensor en México de Florence Cassez, ha dicho en diversas entrevistas que la PGR investigó desde 2006, a partir de una denuncia de hechos interpuesta por los coacusados de la ciudadana francesa, el presunto abuso de autoridad de elementos de la AFI en la captura de Cassez y el ex novio de ella, Israel Vallarta.

Sin embargo, como el Ministerio Público Federal nunca procedió penalmente contra los presuntos responsables de la violación al debido proceso de Cassez, el delito de abuso de autoridad está prescrito, indicaron los penalistas Millán, Garza, Patiño y Guerrero.

Siete años de negar ilícitos

Durante siete años la PGR nunca consideró que hubiera delito en el montaje televisivo de la captura de la ciudadana francesa, no obstante que ahora la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dejó en claro que de esa circunstancia derivan las principales violaciones a los derechos humanos de Cassez.

La procuraduría ahora ya no puede consignar a los acusados por abuso de autoridad, pues el plazo para sancionarlo es de cuatro años y seis meses, según el Código Penal Federal, aseveró Patiño Hurtado.

De su lado, los penalistas Garza, Guerrero y Millán, consultados por este diario, indicaron que la PGR tampoco podría actuar contra García Luna y coacusados por el delito de falsedad en declaración y mentir en el parte informativo, ya que éste caducó seis años después de la denuncia de 2006.

El plazo de prescripción del primer ilícito ocurrió en febrero de 2011 y el segundo en agosto de 2012.

Lo mismo ocurre con el delito de ejercicio indebido del servicio público, que venció el año pasado.

Si la PGR decide actuar contra los agentes involucrados, deberá fincar otras conductas penales, fundamentalmente el delito contra la administración de la justicia, el cual aún estaría vigente.