Política
Ver día anteriorViernes 22 de febrero de 2013Ver día siguienteEdiciones anteriores
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Policías comunitarias, grupos de autodefensa y paramilitares
L

a aparición de policías comunitarias y grupos de autodefensa por diversos estados de la República ha traído diversas consecuencias. Una de ellas es el reconocimiento, desde diversos ámbitos del gobierno y sectores empresariales, de la crisis del estado de derecho y la incapacidad de las instituciones creadas para brindar seguridad a la población, para cumplir su cometido. Este reconocimiento ha venido acompañado de diversas posturas sobre el fenómeno. El presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos ha mostrado preocupación porque, dice, los grupos de autodefensa quebrantan la estabilidad de las instituciones, debido a que existe una línea muy tenue entre estas organizaciones de autodefensa y los grupos paramilitares, además de que nadie puede hacerse justicia por su propia mano ni ejercer violencia para reclamar su derecho. En esa misma línea, el ex presidente de la misma institución ha dicho que este tipo de grupos son ilegales, y sus acciones, delictivas. Por su lado, el gobierno del estado de Guerrero y un senador de la República por ese mismo estado han propuesto que las policías comunitarias se subordinen a las policías municipales para que su actuar sea controlado por el Estado.

Si se mira el asunto fuera de intereses políticos y cuestiones jurídicas, nos podemos dar cuenta de que las policías comunitarias son una realidad en todo el país, tienen historia y son de diversos tipos. En el norte del país, por ejemplo, existen las guardias tradicionales de los pueblos seri y yaqui, con una estructura militar, producto de la influencia jesuita sobre ellos, pero también de las largas luchas que el Estado mexicano les declaró en el siglo XIX. Por el sur del país existe la guardia tradicional maya que resguarda a Chan Santa Cruz, en el municipio de Carrillo Puerto. Se trata de estructuras de los pueblos indígenas forjadas a través de los años, de acuerdo con las circunstancias que les ha tocado vivir. Junto con ellas existen las policías comunitarias de las comunidades, que año con año son nombradas por los pueblos de entre sus mismos integrantes para que se encarguen de su seguridad. Se trata de prácticas milenarias y hasta ahora no se sabe que se hayan convertido en paramilitares.

La evolución que la normatividad internacional y nacional sobre derechos humanos ha tenido en las últimas décadas reconoce la existencia de pueblos indígenas y algunos derechos colectivos, entre ellos el de la libre determinación, en su modalidad de autonomía, y como parte de ésta se garantiza su propio gobierno, constituido de acuerdo con sus propias normas. En el caso de México, el artículo segundo constitucional garantiza a los pueblos indígenas el derecho a decidir sus formas internas de convivencia, organización social, económica, política y cultural; a aplicar sus propios sistemas normativos en la regulación y solución de sus conflictos internos, y a elegir, de acuerdo con sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales, a las autoridades o representantes para el ejercicio de sus formas propias de gobierno interno. La palabra interno, que tanto se reitera, se refiere al interior de los pueblos indígenas, es decir, de la etnia, no de las comunidades que los integran, pues el sujeto de derechos es aquél. Lejos estamos de la justicia por propia mano o de que se parezcan a los grupos delincuenciales, como algunos sugieren, y negarles su derecho a existir implica desconocer el carácter multicultural del Estado mexicano y, en última instancia, atentar contra el estado de derecho que se busca preservar.

Cosa distinta son los grupos de autodefensa. Para comenzar se trata de grupos de personas cuyos fines son defenderse, y en algunos casos defender a los pueblos, de las agresiones estatales o de grupos ligados a ellos, pero no forman parte de las estructuras organizativas de los pueblos, ni éstos los eligieron, ni les rinden cuentas a ellos de sus actos, porque se rigen por sus propias normas. Por su parte, los grupos paramilitares son un caso distinto. En un principio eran creados por el Ejército para realizar actividades sucias contra los pueblos, que aquél no se atrevía a realizar, para no cargar con los costos políticos de actuar en contra de los pueblos. Por eso se llaman paramilitares, porque son creados por los militares y actúan de manera paralela a ellos. En los tiempos actuales los motivos y formas de su creación se han ampliado, pero en el fondo siguen respondiendo a los mismos objetivos: son creación de los gobiernos federal, estatales o municipales. Si sucumben a los esfuerzos gubernamentales por controlarlos, los primeros pueden derivar en los segundos, pero también convertirse en guardianes de los pueblos si se someten a ellos. Lo importante es distinguir las cualidades de cada uno para no echarlos en el mismo saco a todos. A menos que lo que se quiera sea la confusión.