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Declara improcedente el pedido de per saltum para obligar al grupo a cumplir ley de medios

Revés judicial a Cristina Fernández; rechaza la Suprema Corte recurso en el caso Clarín
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La presidenta de Argentina, Cristina Fernández de Kirchner, durante el festival Patria Popular, celebrado el domingo en la Plaza de Mayo con motivo del Día de la Democracia y los Derechos Humanos, en el que demandó a la justicia actuar de manera independienteFoto Xinhua
 
Periódico La Jornada
Martes 11 de diciembre de 2012, p. 23

Buenos Aires, 10 de diciembre. La Suprema Corte de Justicia argentina rechazó este lunes un recurso presentado por el gobierno para que se aplique la totalidad de una ley de medios que obligaría al conglomerado de comunicación más grande del país, Calrín, a desprenderse de decenas de licencias audivisuales.

El revés judicial del gobierno sucede a un vehemente discurso de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner el domingo en un multitudinario acto en la Plaza de Mayo, donde reclamó que la justicia tiene que ser independiente de la política y de las corporaciones, en otra crítica a la demora judicial por resolver el tema.

La Suprema Corte rechazó por improcedente el pedido de per saltum (casos sensibles) formulado por el Ejecutivo. Se trata de un recurso promulgado recientemente que hubiera permitido al gobierno evitar pasar por la Cámara en lo Civil y Comercial Federal, con base en la modificación del artículo 257 del Código Procesal.

La intención era evitar tribunales de segunda o tercera instancia, y apelar directamente ante el máximo tribunal.

Sin embargo, en el fallo firmado por sus siete miembros, la Suprema Corte se abocó a analizar la ley de per saltum impulsada por el gobierno y aclaró que el presente recurso no ha sido interpuesto contra una decisión dictada por un juez de primera instancia.

La Corte confirmó que el juez civil y comercial federal Horacio Alfonso deberá expedirse sobre la constitucionalidad del artículo 161 de la ley de medios, como lo solicitó Clarín, al rechazar el per saltum.

La cautelar interpuesta por Clarín frena la plena aplicación del artículo 161 de la norma, que fija que cada titular no puede poseer más de diez licencias de radio y televisión abierta, y 24 licencias (una por localidad) para los operadores de televisión por cable, entre otras restricciones.

Tras esta decisión de la Corte Suprema, el juez Alfonso deberá decidir sobre la denominada cuestión de fondo de la constitucionalidad del artículo en cuestión.

La ley de medios promulgada hace tres años e impulsada por el gobierno debía comenzar a regir en plenitud a partir de viernes, aunque el Grupo Clarín logró evitarlo por la medida cautelar a su favor.

La medida generó mucha expectativa y polémica, ya que 20 grupos de medios debían adaptarse a la nueva ley y presentar planes voluntarios de adecuación.

La ley de medios establece la regulación de los servicios de comunicación audiovisual en todo el ámbito territorial y el desarrollo de mecanismos destinados a la promoción, desconcentración y fomento de la competencia con fines de abaratamiento, democratización y universalización del aprovechamiento de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.

Más de 330 medios deberían cambiar de dueño si todos cumplen los planes de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, según un estudio publicado por el diario El Cronista. Sólo Clarín tendría que ceder, transferir o vender entre 150 y 200 empresas de su propiedad si pierde la batalla judicial.