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La determinación, porque la demanda fue presentada antes de su traslado

Permanecerá Succar Kuri en prisión de máxima seguridad tras perder amparo

El juicio de garantías fue interpuesto el pasado 4 de abril en Quintana Roo

 
Periódico La Jornada
Sábado 16 de julio de 2011, p. 17

El juzgado quinto de distrito con sede en Cancún sobreseyó un juicio de amparo promovido por Jean Succar Kuri en contra de su traslado a un penal de máxima seguridad fuera de Cancún. De esta manera, el pederasta seguirá prisionero en una cárcel de máxima seguridad.

La Procuraduría General de la República (PGR) informó que, a través del agente del Ministerio Público de la Federación adscrito a la delegación en Quintana Roo, obtuvo en sentencia del juzgado quinto de distrito en la entidad para que se sobreseyera el juicio de garantías promovido por Jean Touma Hanna Succar Kuri, “donde señala como acto reclamado ‘la ilegal e inminente orden de traslado para efectos de que sea enviado a un penal de máxima seguridad, fuera de la ciudad de Cancún, Quintana Roo’”.

Esta parte del caso se inició con el escrito presentado el 4 de abril en la oficina de correspondencia común de los juzgados de distrito en Quintana Roo, en el cual el pederasta, sentenciado a 14 años de prisión, solicitó el amparo y la protección de la justicia federal contra diversas autoridades y contra su envío a una prisión de máxima seguridad.

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Jean Succar Kuri fue sentenciado por la comisión del delito de pornografía infantil y corrupción de menoresFoto José Antonio López

El pasado 5 de abril el juzgado quinto de distrito tomó el caso y admitió la demanda, pero los argumentos emitidos por la PGR tuvieron que ser analizados por un tribunal para revisar la resolución inicialmente emitida, y el tribunal unitario resolvió que se sobresee el juicio de garantías promovido por Jean Touma Hanna Succar Kuri, contra los actos y las autoridades señaladas, ya que la demanda de garantías se presentó el 4 de abril de 2011, y tanto la solicitud como la consecuente autorización de internamiento del quejoso en el Centro Federal de Readaptación Social número uno (Altiplano, en Almoloya de Juárez, estado de México) se emitieron el 3 de mayo del mismo año, lo que es inconcuso, ya que a la fecha de presentación del libelo de garantías, dichos actos no existían.