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Ifai: necesaria, nueva ley para expedientes electrónicos
 
Periódico La Jornada
Lunes 18 de abril de 2011, p. 14

El comisionado del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (Ifai), Ángel Trinidad Zaldívar, manifestó que se requiere una regulación secundaria que norme, entre otros temas, el expediente clínico electrónico, la investigación genómica y el ensayo clínico, para garantizar la salvaguarda de información privada de los pacientes.

Uno de los retos del sector salud, agregó, será diseñar mecanismos de autorregulación, de acuerdo con prácticas, realidades y necesidades en la materia.

A unos días de las jornadas de la Comisión Nacional de Arbitraje Médico y el Ifai sobre la protección de datos personales en el sector, Trinidad sugirió que las instituciones de salud asuman planes para adaptarse a la nueva Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares (LFPDPPP), emitida en julio pasado y que estará vigente en 2012.

Es un tema sensible para la sociedad, expuso. Muestra de ello son las solicitudes presentadas por los ciudadanos para acceder a sus expedientes clínicos: 11 mil 179 en 2010; en 2003 no rebasaron 380. En lo que va de 2011 se han presentado más de 3 mil.

Acceder a ese tipo de información, subrayó, es una necesidad, pues cada año 14 de cada mil mexicanos cambian de domicilio. Sin expedientes electrónicos puede haber tratamientos redundantes y errores médicos, comentó respecto de la importancia de crear sistemas que permitan la transferencia de los documentos con toda seguridad.

Para cumplir con la LFPDPPP, añadió, las instituciones del sector deberán establecer un plan de adaptación, que comprenda las siguientes acciones: designar a la persona o área que realizará las funciones para proteger los datos personales; identificar las bases de datos, los colectivos de personas según el ciclo de vida de la información personal de salud; acciones tendentes a cumplir los principios de protección de datos personales; diseño e implementación de medidas de seguridad, y concepción y establecimiento de mecanismos para garantizar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.