proyectos o actividades a los que se destinarían los recursos, concluye " /> proyectos o actividades a los que se destinarían los recursos, concluye " /> proyectos o actividades a los que se destinarían los recursos, concluye " />
Economía
Ver día anteriorDomingo 3 de abril de 2011Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio

Determina la Auditoría Superior de la Federación que se violó la Constitución y ley de deuda

Incierto destino del préstamo del BM por más de $19 mil millones

El crédito contratado en 2009 era para apoyar políticas que mitigaran efectos de la crisis mundial

No fue posible identificar proyectos o actividades a los que se destinarían los recursos, concluye

 
Periódico La Jornada
Domingo 3 de abril de 2011, p. 27

Hace dos años el gobierno del presidente Felipe Calderón consiguió un préstamo especial del Banco Mundial (BM) por 19 mil 46 millones 196 mil 800 pesos para hacer frente a la crisis financiera, pero la Auditoría Superior de la Federación (ASF) descubrió que los recursos no tuvieron un destino específico, con lo que se violó la Constitución y la Ley General de Deuda Pública.

El Préstamo para política de desarrollo económico en respuesta a la crisis mundial se formalizó con el contrato 7814-MX el 3 de diciembre de 2009 con el Banco Interamericano de Reconstrucción y Fomento, institución integrante del Banco Muncial, por un monto de mil 503 millones 750 mil dólares, que al tipo de cambio de 12.66 pesos de entonces se convirtieron en los ya más de 19 mil millones de pesos referidos, y con un plazo de amortización de 12 años con pago único de vencimiento.

El objetivo fue que el gobierno de México apoyara políticas económicas para mitigar los efectos de la crisis mundial y reforzar el marco a mediano plazo para la recuperación y el crecimiento económico, mediante un fortalecimiento del marco normativo, financiero y de seguimiento de la sostenibilidad fiscal y financiera, la eficiencia del mercado laboral y la liberalización del comercio.

Sin embargo, al revisar todo el proceso de negociación, autorización, contratación, administración y aplicación del total de recursos que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) consiguió en ese préstamo, la ASF concluyó que no fue posible identificar los proyectos de inversión o actividades productivas a los cuales se destinarían los recursos del financiamiento, como lo dispone el marco normativo constitucional y reglamentario para la contratación de la deuda pública externa.

Además, dependencias que debían participar en la implementación del préstamo no lo hicieron, y los montos contratados no significaron la obtención de recursos para ellas, como fue el caso de las secretarías de Economía (SE) y del Trabajo y Previsión Social (STPS), así como la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y la Comisión Nacional para la Protección y la Defensa de los Usuarios de la Banca (Condusef).

Tampoco se tuvo evidencia de que las autoridades hayan previsto los recursos que el préstamo generaría y que pudieran servir para pagarlo.

Por lo anterior, la ASF emitió un dictamen negativo contra dicho préstamo, que incluye cinco recomendaciones al Poder Legislativo y la SHCP a fin de que se presente una iniciativa de reforma a la Ley Federal de Deuda Pública que regularice la situación de la Comisión Asesora de Financiamientos Externos del Sector Público.

A la SHCP recomienda además que los créditos con organismos financieros mundiales incluyan en lo sucesivo un destino específico, particularmente en proyectos de inversión o actividades productivas acordes con las políticas de desarrollo económico y social del país, y prevea los recursos que cada préstamo debe generar para su pago.

También demandó a Hacienda que investigue y, si fuera el caso, inicie dos procedimientos administrativos sancionatorios, por actos u omisiones de los servidores públicos involucrados en la negociación de dicho crédito por no destinar dichos recursos a los proyectos productivos específicos.

El documento, que forma parte de la fiscalización de la Cuenta Pública de 2009, incluye las justificaciones, argumentos y refutaciones que hizo la SHCP a las observaciones de la ASF.

La dependencia asevera, por ejemplo, los recursos proporcionados por el Banco Mundial podían ser utilizados para cualquier fin, según el contrato del préstamo.

Justifica que el documento del programa no es de ninguna manera vinculante entre el gobierno de México y el BM, ya que fue elaborado de manera interna y para fines de evaluación dentro del mismo BM, pero no es obligatorio para la secretaría.

La ASF, acusa, hizo una lectura aislada del programa pues insiste en que las acciones previstas ya se realizaron por diferentes instancias y por lo tanto las dependencias participantes no estarían recibiendo recursos del BM para su ejecución.

No dejó de insistir en que el crédito fue obtenido en razón de que el BM reconoció que las autoridades mexicanas ya habían llevado a cabo una serie de acciones previamente para contratrarrestar los efectos de la crisis global, tales como estímulos fiscales, facilidades para el financiamiento, empleo temporal y estímulos al comercio. Todo lo cual no sirvió para que la ASF modificara su dictamen negativo contra el Préstamo para política de desarrollo económico en respuesta a la crisis mundial.