Opinión
Ver día anteriorSábado 26 de marzo de 2011Ver día siguienteEdiciones anteriores
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El turno de la Suprema Corte
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ocos crímenes gozan de un rechazo social tan fuerte como el abuso sexual de menores. A pesar de esto, lamentablemente nos encontramos con casos en los que el Estado mexicano no ha podido garantizar justicia para las víctimas. Hace aproximadamente tres años el país se sacudió al conocer el relato de un niño de cuatro años que dijo haber sido violado sexualmente con la complicidad de al menos tres maestros de esa institución, uno de ellos esposo de la dueña, en el Instituto San Felipe, de Oaxaca. Esta denuncia no ocasionó sólo la indignación de la mayor parte de la población, sino una resistencia encarnizada por parte de los acusados, quienes cuentan entre sus abogados y defensores a personas que se ha vinculado en numerosas ocasiones con el ex gobernador Ulises Ruiz.

Los familiares de la víctima denunciaron en su momento dilaciones injustificadas en la cumplimentación de órdenes de aprehensión a los presuntos responsables, así como complicidad de las autoridades estatales. Se denunció asimismo que la procuraduría estatal les ha sugerido en diversas ocasiones llegar a un acuerdo conciliatorio y de carácter económico. A pesar de que hasta ahora se ha detenido a la maestra de la escuela, aún quedan otros dos presuntos responsables libres. Libertad que las víctimas achacan a la complicidad de la procuraduría estatal. Esto se confirmó con la recomendación 04/2008 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos contra las prácticas dilatorias en que incurrió la Fiscalía en Delitos Sexuales de la Procuraduría General de Justicia de Oaxaca durante la integración de la averiguación previa por la agresión física y sexual que sufrió el menor el 7 de noviembre de 2006.

En términos generales la recomendación pide que se instruya al procurador general de Justicia para que se realicen las diligencias necesarias para dar cumplimiento a las órdenes de aprehensión que libró el juez tercero de primera instancia en materia penal en Ixcotel, Centro, Oaxaca, con el fin de aprehender a los probables responsables. Le pide además que se sirva instruir a quien corresponda a efecto de que se dé vista al Órgano Interno de Control en la Procuraduría y se inicie el procedimiento administrativo de investigación correspondiente al agente del Ministerio Público encargado del trámite de la averiguación previa, por la injustificada dilación en las averiguaciones. Si de las investigaciones respectivas se desprendiera la comisión de un delito, la recomendación pide también que se dé vista a la Representación Social Federal para el ejercicio de sus atribuciones, y se instruya a quien corresponda a efecto de que las consideraciones detalladas en el capítulo de observaciones del presente documento se hagan del conocimiento del Órgano Interno de Control en el Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca, para que se inicie un procedimiento administrativo de investigación en contra de los servidores públicos de ese instituto que omitieron intervenir oportuna y debidamente en el caso del menor.

No cabe duda de que el asunto es delicado. Por una parte los abogados de las víctimas han denunciado en reiteradas ocasiones el encubrimiento de autoridades estatales, incluyendo el ex gobernador Ulises Ruiz, a quien señalan como una persona que descalificó de entrada las declaraciones de la madre de la víctima. La defensa de los probables responsables ha desviado por otra parte la atención del caso, descalificando el dicho de las víctimas y de sus abogados. Como menciona Lydia Cacho en su artículo del 7 de marzo en El Universal, La pornografía y la Suprema Corte, el caso se ha vuelto paradigmático, toda vez que evidencia muchos vacíos institucionales para garantizar los derechos de protección y acceso a la justicia de niñas y niños víctimas del delito.

Inexplicablemente, el Ejecutivo estatal se ha mostrado reacio y contumaz para ejecutar órdenes de aprehensión en contra de estos perpetradores, a pesar de que, como afirma Felipe Canseco, abogado coadyuvante de las víctimas, existe evidencia que uno de los acusados se presentó en público. Vestido de traje de gala con sus familiares en una fiesta, ha sido visto en diversos puntos de Oaxaca y es sabido que mantiene comunicación constante con sus familiares; sólo los encargados de la aprehensión no saben en dónde se encuentra y no han rendido cuentas al juez sobre pesquisa alguna que hayan realizado para lograr la captura. Señala además que paradójicamente se aprobó hace poco en Oaxaca una reforma al Código Penal, que brinda protección a la integridad sicosexual de los niños y las niñas, mientras la ley se incumple, al no existir voluntad política para ejecutar las órdenes de aprehensión dictadas por el juez.

Toca ahora a la Corte resolver los amparos directos 14/2010 y 15/2010, actualmente en la primera sala, que por una parte corresponden al que interpuso la sentenciada en contra de su condena a seis años y nueve meses de prisión, y al que interpuso por otra la madre de la víctima en contra de una parte de esa misma resolución, en lo referente a la reducción de la pena de prisión de 10 a seis años y nueve meses, a la anulación de su inhabilitación para ejercer su profesión de maestra por cinco años, y a la absolución de su obligación de reparar el daño. Ahora que ya cuenta con todos sus miembros, se espera que el asunto se resuelva conforme a derecho, privilegiando el interés superior del niño, en la sesión de la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el próximo miércoles 30.