Economía
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Niega Corte amparos contra pago del IDE
 
Periódico La Jornada
Miércoles 2 de febrero de 2011, p. 30

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó ayer los dos primeros amparos en contra de la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE), vigente desde el primero de julio de 2008.

Los ministros consideraron por unanimidad que la legislación impugnada cumple con los principios constitucionales de equidad y proporcionalidad tributaria.

El pleno discutirá este jueves cuatro amparos relacionados con el IDE y se prevé que también niegue en lo general el amparo solicitado por los quejosos; una vez que el pleno tome una determinación sobre cinco asuntos resueltos en los mismos términos sentará jurisprudencia y validará en definitiva el cobro de 2 por ciento a los depósitos en efectivo que superen los 25 mil pesos mensuales, como lo prevé la miscelánea fiscal que entró en vigor el primero de julio de 2008.

De acuerdo con cifras extraoficiales, están pendientes de resolverse en tribunales más de 25 mil amparos contra el IDE, correspondientes a ese año fiscal.

Principio de constitucionalidad

De entrada, los ministros fijaron ayer que dicho tributo cumple con el principio constitucional de proporcionalidad tributaria, porque no toma en consideración la totalidad del patrimonio del contribuyente (y) constituye un impuesto de control, principalmente del cumplimiento de las obligaciones fiscales en materia del impuesto sobre la renta (ISR).

Y validaron que el tributo se aplique a través de las cuentas bancarias del contribuyente que deposite más de 25 mil pesos al mes o por la adquisición en efectivo de cheques de caja.

El pleno justificó que el monto del impuesto considerando que la Secretaría de Hacienda argumentó en su momento que el ingreso promedio mensual per cápita en 2004 fue de 22 mil 998 pesos, y conforme a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Sistemas Financieros el saldo promedio de las cuentas de depósitos a la vista o de exigibilidad inmediata es de 23 mil 569 pesos.

La intención del Congreso al aprobar el impuesto, explicó la ministra instructora Olga Sánchez Cordero, fue la de impactar las finanzas personales de una menor cantidad de familias al quedar por debajo de dicho monto e identificar a los evasores fiscales de mayor capacidad contributiva.

El monto de 25 mil pesos, sostuvo, resulta ser un medio idóneo para alcanzar el objetivo del legislador de reducir la evasión fiscal.

También validó la equidad tributaria del impuesto, al considerar que es constitucional la exención del pago de su pago a las personas morales con fines no lucrativos.