Economía
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Constitucional, el límite para deducir compras de autos
 
Periódico La Jornada
Viernes 3 de septiembre de 2010, p. 29

La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es constitucional que las inversiones en automóviles sólo sean deducibles para las empresas por un máximo de 175 mil pesos. Al negarle el amparo a un quejoso en contra del artículo 42, fracción II, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, los ministros consideraron que el citado límite de deducción es válido, ya que busca establecer medidas de control más efectivas para evitar la evasión fiscal. Recordaron que cuando se aprobó el artículo impugnado en diciembre de 2006, los legisladores decidieron acotar la deducción de automóviles de lujo, ya que éstos no están destinados a desarrollar las actividades de las empresas.