Alianza por la Calidad de la Educación:
¿para el trabajo infantil?

Miriam Sánchez Hernández

La Alianza por la Calidad de la Educación (ACE), que firmaron la Secretaría de Educación Pública y los dirigentes del snte en mayo del 2008, se “propone impulsar una transformación por la calidad educativa”, con el fin de “propiciar e inducir una amplia movilización en torno a la educación, a efecto de que la sociedad vigile y haga suyos los compromisos que reclama la profunda transformación del sistema educativo nacional” (ibid. p.3).

Para alcanzar esos objetivos plantea cinco acciones: 1) la modernización de los centros escolares, 2) la profesionalización de los maestros y las autoridades educativas, 3) el bienestar y desarrollo integral de los alumnos, 4) la formación integral de los alumnos para la vida y el trabajo, y 5) evaluar para mejorar. Cada una reclama atención, aunque por el momento me detengo en la cuarta: La formación integral de los alumnos para la vida y el trabajo, que refiere a la intención de la Reforma Curricular: “La escuela debe asegurar una formación basada en valores y una educación de calidad, que propicie la construcción de ciudadanía, el impulso a la productividad y la promoción de la competitividad para que las personas puedan desarrollar todo su potencial” (íbid. p 11). La Reforma Curricular, según sus documentos, se realizará a partir del enfoque basado en competencias.

En estos breves enunciados destacan categorías que sorprenden: educación para el trabajo, impulso a la productividad, promoción de la competitividad, competencias, pues son términos que invitan a pensar en empresas y empleados, no obstante que la ACE está dirigida al nivel de educación básica, es decir, a niños de entre cuatro y quince años.

El planteamiento es inquietante. ¿Quiere decir que la SEP y el SNTE están previendo que el límite educativo de los niños será la educación básica y que por tanto es necesario prepararlos desde el nivel preescolar para convertirlos de ya, en trabajadores? Si ese es el caso, ¿cómo lo harán coincidir con el gran déficit de empleos para la población en edad de laborar? Por otra parte, en México, por ley, no se permite el trabajo infantil: el artículo 123 de nuestra Carta Magna, en su fracción III, inciso A, dice a la letra: “Queda prohibida la utilización del trabajo de los menores de catorce años”.

Conviene, entonces, preguntar ¿para qué tipo de trabajo se desea preparar a los niños de preescolar, educación especial, primaria y secundaria y cómo se supone que ellos impulsarán la productividad del país?, ¿por qué se les formará para la competitividad? ¿Serán obreros?, ¿técnicos?, ¿en qué? ¿Esta es la máxima aspiración como país?

Recordemos que la Constitución Mexicana en su artículo tercero precisa que la educación que imparta el Estado “tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia”. En la fracción II, inciso C establece que “contribuirá a la mejor convivencia humana, tanto por los elementos que aporte a fin de robustecer en el educando, junto con el aprecio para la dignidad de la persona y la integridad de la familia, la convicción del interés general de la sociedad, cuanto por el cuidado que ponga en sustentar los ideales de fraternidad e igualdad de derechos de todos los hombres…”. Es decir, en ningún lugar de la Constitución se dice que la educación básica será una formación para el trabajo. La ACE, en este sentido, transgrede y contradice nuestra Constitución, a pesar de lo que sus documentos señalan: que sus acciones se desarrollan “teniendo claro el mandato del artículo Tercero Constitucional”

Por otra parte, si comparamos los objetivos de la ACE con los de un país como Finlandia, que ocupa los primeros lugares en las evaluaciones internacionales de estudiantes (PISA) que realiza la OCDE, a diferencia del nuestro que se ubica en el extremo inferior, observaremos un gran contraste. Para Finlandia, “La educación preescolar, la básica y la de segundo ciclo junto con la educación infantil y las actividades matutinas y vespertinas antes y después de la escuela trazan un sendero de aprendizaje que apoya el crecimiento, el desarrollo y el bienestar del niño. Los ciclos básico y preescolar preparan para un aprendizaje permanente. El paso de los estudiantes de un ciclo a otro está garantizado por ley.” (Ministerio de Educación de Finlandia, 2008). En ese país, la alusión a la preparación para el trabajo se hace apenas en los bachilleratos del tipo profesional o en la educación superior.

Ahora bien, con respecto al tema de competencias –que merece un análisis amplio, aunque por razones de espacio no es posible hacerlo ahora– recordemos que “el concepto de competencia laboral emergió en los años ochenta con cierta fuerza en algunos países industrializados…, como una respuesta ante la necesidad de impulsar la formación de la mano de obra” (Mertens, 1996).

Pero aun cuando la SEP y el SNTE lo intenten, la propuesta parece falaz e inviable, pues ¿cómo hacer competente a un niño que apenas inicia su desarrollo?, ¿queremos que nuestros niños sean mano de obra precoz?, ¿que sean competitivos en lugar de solidarios?, ¿que sean competentes en algo específico en lugar de tener un desarrollo pleno?,¿qué pedagogía o teoría del desarrollo puede lograr niños competentes? Pues es claro que el enfoque de competencias no es una teoría pedagógica ni psicológica y que por tanto no aporta elementos para explicar y para promover el aprendizaje.

Ya la ONU, en voz de su relator especial Vernor Muñoz, advierte que esta alianza “revela una subordinación recíproca de funciones atípicas en cada una de las partes, que ha agregado gran complejidad al panorama educativo”, y que “su diseño y ejecución no reflejan una política pública sistemática y articulada en torno al combate contra la discriminación en la esfera educativa, ni tampoco a un modelo educativo que responda a la diversidad y a los fines establecidos en el derecho internacional de los derechos humanos” (Valle, 2010), y que “No es el resultado de una discusión abierta ni de un consenso social amplio, ni parece responder a un acuerdo ciudadano, sino a un acuerdo político”.

Hechos y palabras que imponen la necesidad y la obligación de que los padres de familia, los maestros y los directivos revisemos, discutamos y propongamos el tipo de educación que deseamos para los niños mexicanos: una educación que respete el desarrollo de los niños en el marco de nuestra Carta Magna y que sea resultado de un ámplio acuerdo ciudadano.

Para saber más
L.Mertens, Competencia laboral. sistemas, surgimiento y modelos, Cinterfor, OIT. Montevideo, 1996, en http://www.oitcinterfor. org/public/spanish/region/ampro/cinterfor/ publ/mertens/pdf/mertens.pdf

SEP, Boletín de prensa 119, 16 de mayo de 2008, en http://www.sep.mx/wb/sep1/bol1190508 recuperado el 5 de junio de 2008.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, título primero, capítulo I, De las Garantías Individuales, artículo 3º.

Valle, S.D (3 de junio de 2010). “Da ONU un tache a la SEP”, Reforma, p. 1, Sección Nacional.

Miriam Sánchez Hernández es coordinadora del Programa Galatea de la UACM.

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