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El proyecto responsabiliza a 14 funcionarios de violar gravemente garantías básicas

La SCJN comienza hoy las discusiones del dictamen sobre el caso de la guardería ABC

Miembros de la Corte consideran que se debe incluir el informe según el cual el incendio fue provocado

 
Periódico La Jornada
Lunes 14 de junio de 2010, p. 20

Un años y diez días después que ocurrió la tragedia en la Guardería ABC, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emprende hoy la discusión del dictamen elaborado por el ministro Arturo Zaldívar, en el que responsabiliza a 14 funcionarios de la violación grave de garantías individuales en el caso. El primer tema que discutirán los ministros será si la investigación sobre el asunto fue suficiente.

Trascendió que algunos ministros consideran que después de que se hizo público el dictamen de un especialista estadunidense, según el cual el incendio en la estancia infantil fue provocado, el tema debe ser analizado por el pleno para que determine si dicho peritaje debe incluirse en el debate. De prosperar la idea, implicaría aplazar la discusión del asunto al menos unos días.

Violación de garantías, el meollo

En cambio, otros ministros han expresado en privado a sus colaboradores que la aparición del nuevo peritaje no tiene por qué influir en la decisión que adopte el máximo tribunal, porque su encomienda es determinar si los funcionarios involucrados violaron las garantías individuales de los 49 menores que fallecieron y de los 104 que resultaron heridos.

De esto dependería si los juzgadores consideran que existen elementos suficientes para señalar la responsabilidad de los funcionarios involucrados. Particularmente de Juan Molinar Horcasitas, ex director del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y actual secretario de Comunicaciones y Transportes; Daniel Karam, director del IMSS, y Eduardo Bours, ex gobernador de Sonora, como lo plantea el dictamen.

Una vez superado este tema, hay ministros que incluirán en la discusión dos asuntos que el dictamen de Arturo Zaldívar no contempla:

¿Es constitucional el sistema de subrogación de guarderías a particulares, por parte del IMSS? ¿Los dueños de la guardería pueden también ser responsables de la violación grave de garantías individuales, o dicha responsabilidad únicamente atañe a los funcionarios públicos?

Ministros consultados señalaron que aun cuando apoyan en términos generales el dictamen de Zaldívar, éste dejó fuera un tema en el cual la Corte debe pronunciarse: la constitucionalidad del sistema de subrogación de guarderías a particulares.

Llamaron la atención sobre que la Comisión de Magistrados, que integraron María del Rosario Mota Cienfuegos y Carlos Ronzón Sevilla, precisó en su documento que en las pasadas tres décadas el IMM otorgó contratos para guarderías subrogadas sin tener facultades constitucionales para ello.

Lo anterior, porque la Ley Federal del Trabajo no prevé que el IMSS delegue en particulares la responsabilidad de cuidar a los hijos de los trabajadores. La legislación señala que los patrones pueden abrir guarderías en los centros de trabajo, pero nada más.

Otro tema que pretenden incluir algunos ministros es la posibilidad de que particulares que utilizan recursos públicos o realizan tareas destinadas originalmente al Estado –como son las guarderías para los hijos de los trabajadores– también puedan ser acusados de violentar gravemente las garantías individuales.

En el caso concreto, la idea es que los dueños de la guardería ABC: Gildardo Urquides, ex secretario de finanzas del Partido Revolucionario Institucional en Sonora, y las señoras Marcia Gómez del Campo –familiar de Margarita Zavala, esposa del presidente Felipe Calderón– y Sandra Téllez Nieves también respondan por la violación grave de garantías, al igual que los funcionarios involucrados.

Esto, independientemente de las posibles sanciones penales o civiles que pudieran establecerse en la averiguación previa que abrió la Procuraduría General de la República (PGR) sobre esos hechos.

De prosperar este criterio sentaría un precedente en materia de justicia en el país, porque el criterio que ha predominado indica que únicamente las autoridades y los funcionarios públicos pueden violar los derechos humanos; si un particular ofende o afecta a otra personas, entonces comete un delito.