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En promedio tarda 33 días más de lo previsto por la ley en la materia

Incumple el IFE meta para resolver los procedimientos especiales sancionadores
 
Periódico La Jornada
Lunes 25 de enero de 2010, p. 10

Concebidos en la legislación electoral para contener los excesos de la propaganda negra durante las campañas federales, los procedimientos especiales sancionadores instrumentados por el Instituto Federal Electoral (IFE) fueron desahogados en tiempo promedio de 38 días, lo cual impidió que se alcanzaran los objetivos de la ley en la materia, la cual marca que deberán resolverse en cinco días, una vez definido que hay elementos para instaurarlos.

De acuerdo con datos de la dirección jurídica del IFE, durante la elección federal pasada la secretaría ejecutiva invirtió casi siete veces más de tiempo en valorar la procedencia de una queja para comenzar a instrumentar acciones legales. Quizás el caso más relevante, en su momento, fue la publicidad disfrazada que hizo el Partido Verde Ecologista de México mediante promocionales de la revista Tv y Novelas, cuya transmisión se mantuvo todo el tiempo que el IFE investigaba la procedencia de la queja.

En la postura oficial del IFE, entregada recientemente al Congreso de la Unión, se admite la necesidad de buscar ajustes a estos procedimientos sancionadores –creados a partir de los excesos detectados en las campañas de 2006– para no someter a tanta presión al instituto.

En el diagnóstico de estos procedimientos se considera que los partidos abusaron de su utilización, al convertirlos en instrumento de propagada, y se considera necesario revisar los tiempos fijados por ley para su desahogo.

Las complicaciones de aplicar dichos procedimientos por primera vez se refleja en la información de la dirección jurídica sobre el desahogo de las 312 quejas se resolvieron por esta vía.

En el reporte se informa que  112 fueron declarados procedentes por la secretaría ejecutiva, instancia que por ley tiene la responsabilidad de determinar la procedencia de las quejas durante las campañas, para su posterior resolución en sesión del Consejo General. Asimismo, 200 casos fueron desechados.

En el caso de los 112 expedientes resueltos, el reporte de la dirección jurídica señala que el tiempo promedio para su resolución fue de 38.3 días. Sin embargo, en 72 de éstos la secretaría ejecutiva requirió realizar investigaciones para determinar su procedencia y posteriormente utilizar los cinco días fijados por ley para su resolución, es decir, el promedio de días totales para resolver estos casos se elevó a 58.3 días.

En los otros 40 expedientes no se hizo requerimiento alguno y la autoridad electoral pudo resolver en un tiempo promedio de 5.3 días, lo que supone una considerable diferencia respecto de los casos donde se requirió investigación previa y solicitar información a otras autoridades competentes.

En cuanto a los expedientes desechados, la secretaría ejecutiva dilató en promedio 31.3 días para definir que las quejas eran improcedentes. Al igual que en los que procedieron, las diferencias en los tiempos entre los casos que requirieron investigación y donde no la hubo fue casi diez veces en días, por lo que en los 96 casos investigados se invirtieron 58.3 días en decidirlo y en los 104 que no requirieron indagatoria alguna su desechamiento se decidió en 5.3 días. 

Así, es posible afirmar que la autoridad responsable cumplió con el tiempo que establece el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales para resolver los procedimientos especiales sancionadores cuando no se investigó.

El IFE considera que las presiones generadas por el cúmulo de quejas que debieron resolverse por esta vía motivaron que el Consejo General tuviera que sesionar en 88 ocasiones en las elecciones federales pasadas. La cifra representa así el triple de la sesiones efectuadas en 2006, cuando se trataba de comicios generales. De ahí la necesidad de revisar este aspecto en la próxima reforma electoral.