Territorio wixárika

Triunfo jurídico de Bancos de San Hipólito

 

El 11 de agosto de 2009, el Tribunal Superior Agrario (TSA) dictó una sentencia inusitada: tras revisar los expedientes de muchos años de litigio entre los wixaritari de Bancos de San Hipólito y los mestizos de San Lucas de Jalpa, resolvió que procede que Bancos instaure legalmente un “procedimiento de reconocimiento y titulación de bienes comunales”.

Para explicar la trascendencia de la sentencia del TSA hay que recurrir a la historia.

La comunidad wixárika (o huichola) de Bancos de San Hipólito está en un rincón de Durango donde convive con comunidades cora, o’dam (tepehuanas) y mexicaneras. En 2002, a raíz de la claridad de don Simón de la Cruz, que entonces tenía 101 años, la asamblea de comuneros wixaritari declaró a Bancos comunidad agraria autónoma con pleno autogobierno, tras años de luchar por el reconocimiento legal del Estado mexicano y enfrentar a diario el hostigamiento y el encierro al que los someten sus vecinos mestizos de San Lucas de Jalpa y San Juan Peyotán.

Desde tiempos inmemoriales Bancos pertenece a Tatei Kié (la casa de nuestra madre) San Andrés Cohamiata, que obtuvo títulos virreinales en 1725. En 1809 un acordonamiento de su territorio amparó más de 200 mil hectáreas. Con base en estos documentos, en 1921 San Andrés inició trámites para su confirmación y titulación de Bienes Comunales.

Al finalizar la guerra cristera, muchos mestizos, restos de los ejércitos enfrentados, se avecindaron en la región cercana a Bancos. Hubo cinco o seis que se amancebaron con mujeres coras y comenzaron una convivencia engañosa con los coras, hasta que los mestizos emboscaron a varios de los hombres, envenenaron a otros, quemaron muchas casas y establecieron un clima de terror que al final los dejó en posesión de los títulos primordiales de la comunidad cora de San Lucas de Jalpa, que desde ese momento comenzó a hostigar a sus vecinos huicholes.

En los cincuenta la Reforma Agraria dotó a varios ejidos en Zacatecas de 23 mil hectáreas del territorio de San Andrés Cohamiata. En 1960 el gobierno admitió que San Andrés aún ostentaba la posesión y documentos de 129 mil hectáreas en las que se incluían Bancos, Tierra Blanca y Saucito.

En 1961, la indefinición y la corrupción agrarias hicieron que se cometiera un atropello: en vez de reconocer el territorio wixárika de Bancos de San Hipólito o Calítique y su pertenencia a la comunidad agrario-religiosa de San Andrés Cohamiata, se tituló indebidamente tierras de los wixaritari a los mestizos (disfrazados de coras) haciendo que Bancos “legalmente” terminara siendo un “anexo” de la “comunidad cora” de San Lucas, que para los años sesenta era ya un poblado grande con ambiciones de adueñarse de todo el territorio posible, haciendo de la zozobra su moneda. Bancos, Saucito y Tierra Blanca quedaron “segregados”, sin reconocimiento legal sobre su territorio, porque no se los reconocieron a San Andrés Cohamiata cuando le titularon en 1965, mediante Resolución Presidencial, solamente 74 940 hectáreas.

Desde entonces, Bancos reivindica 10 720 hectáreas que ha mantenido en posesión inmemorial, inconformada por la resolución que le adjudicó esas tierras a San Lucas y dejó a Bancos en calidad de anexo de una comunidad agraria “cora” que, en los hechos, no existe.

Los wixaritari de la zona segregada (Bancos, Saucito, Tierra Blanca) impulsaron gestiones ante todas las instancias a su alcance para que se les reconociera su territorio ancestral. En 1994, tramitaron una queja ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT) por violaciones a sus derechos territoriales y por incumplimiento del Convenio 169, logrando que en 1998 se emitiera una recomendación al gobierno mexicano para que resolviera las causas que dieron origen al conflicto.

En noviembre de 2002, se interpuso por parte de la comunidad de Bancos una demanda (expediente 327/2002), por “Nulidad de Resolución Presi­den­cial”: ésa es a la que ahora responde el TSA.

Luego, en 2006, una comisión de expertos de la OIT en aplicación de convenios y recomendaciones, emitió una Observación individual sobre el Convenio 169 ratificado en 1990, para México, donde pidió aclaraciones al gobierno mexicano sobre la fallida reforma constitucional en materia indígena de abril de 2001 y dio seguimiento a la recomendación de 1998 al gobierno mexicano por “el incumplimiento de compromisos contraídos”: específicamente resolver las causas que dieron lugar a la queja de las comunidades huicholas de Bancos, Saucito y Tierra Blanca relativa a tierra y territorio, y el despojo de la titularidad de su tierra.

Durante estos años, una de las trabas más grandes para resolver el caso de Bancos es que el gobierno mexicano y sus instancias agrarias se han excusado alegando que se trata de “un litigio entre indígenas”, que “ya están reconocidos los huicholes dentro de la comunidad de San Lucas”. En los vericuetos legales, los invasores mestizos pudieron continuar su control extremo de la región, control que a la fecha hace que los wixaritari afronten los caminos más riesgosos o borrosos de la sierra para entrar y salir de su comunidad, por el maltrato, el hostigamiento y la violencia a que han sometido a Bancos, prácticamente encerrado en una cañada cuya puerta son San Lucas de Jalpa y San Juan Peyotán.

Es trascendente esta sentencia del TSA a partir de un dictamen del Tribunal Colegiado. Sus magistrados, al revisar las testimoniales, los peritajes antropológicos y las pruebas de constancia de los trámites interpuestos, las razones y las fechas en que fueron hechos, debieron concluir que siempre ha sido claro que la “verdadera pretensión de Bancos de Calítique fue la de reconocimiento y titulación de bienes comunales y no la dotación [ejidal]”, y que “en el procedimiento agrario que culminó con la resolución presidencial mencionada [la de San Lucas], Bancos de Calítique no tuvo ninguna oportunidad de defensa, en la que pudiera rendir pruebas para acreditar la posesión de las tierras o su derecho preferente a ellas, o ejercer lo que a su derecho correspondiera, por lo que al existir una violación al procedimiento de reconocimiento y titulación de Bienes Comunales del poblado de San Lucas de Jalpa, municipio de Mezquital, Durango, le causa prejuicio al núcleo agrario de Bancos de Calítique, por lo que resulta procedente declarar la nulidad de la multicitada Resolución Presidencial, así como su ejecución y plano respectivo únicamente en lo que respecta a la superficie en conflicto (10 720 hectáreas…)”.

Esta sentencia significa que Bancos queda en libertad del yugo que por años ejerció San Lucas al subordinarlos a una supuesta convivencia agraria. Que el Estado mexicano reconoce la continuada y antigua pretensión Bancos de que se le reconozcan y titulen bienes comunales. Que deja a Bancos y a San Lucas en igualdad de circunstancias para litigar por la posesión y la propiedad de las mencionadas 10 720 hectáreas, algo que antes fue imposible dado que en teoría Bancos estaba “reconocido como anexo” de la supuesta comunidad de San Lucas.

Éste es un triunfo para los wixaritari de Bancos, y de algún modo para el comité de expertos de la oit. En momentos de tanta ruindad de las instancias judiciales (basta ver las reiteradas sentencias negativas de la Suprema Corte de Justicia), la probidad del tsa nos hace pensar que en ocasiones hay personas que responden por la ley.

 

Claudia Gómez, Evangelina Robles

y Ramón Vera Herrera

 

 

Mujer dando be beber pulque a su hijo. Foto: Leo Matiz

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