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Regulan además las desproporcionadas liquidaciones que se dan al concluir su encargo

Aprueban en San Lázaro dictamen para poner tope a los salarios de funcionarios

Confirmado: no se tocan percepciones de ministros de la Corte, para garantizar su imparcialidad

 
Periódico La Jornada
Miércoles 25 de marzo de 2009, p. 14

La Comisión de la Función Pública, que preside el diputado Benjamín González Roaro, aprobó ayer el dictamen a la minuta con proyecto de decreto que reforma los artículos 75, 115, 123 y 127 de la Constitución, a efecto de regular los salarios de los servidores públicos y que ninguno gane más que el presidente en turno.

Del dictamen original, aprobado por la Comisión de Puntos Constitucionales, se modificó el artículo 127, para señalar que los préstamos y créditos no forman parte de las remuneraciones, siempre y cuando estén establecidos en alguna ley o contrato colectivo de trabajo

Se considera remuneraciones o retribuciones toda percepción en efectivo o en especie, incluyendo dietas, aguinaldos, comisiones, compensaciones o cualquier otra, con excepción de los apoyos y los gastos sujetos a comprobación, que sean propios del desarrollo del trabajo y los gastos de viaje en actividades oficiales.

Asimismo, quedan excluidos de esta contabilidad los servicios de seguridad que los servidores públicos, por razón del cargo que desempeñen, así lo requieran.

Debe existir un tope máximo a las remuneraciones de los servidores públicos, pero eso no significa que deba llegarse a ese límite, sino que sea un referente que permita hacer operativa la reforma para que no existan simulaciones, apuntó González Roaro, luego de señalar que se enviará a la mesa directiva en las próximas horas para que se integre al orden del día de las próximas sesiones.

Luego del trámite en el pleno de la Cámara de Diputados, el dictamen deberá regresar al Senado con todas las modificaciones incluidas por los legisladores en San Lázaro.

Se ratifica el hecho de que no se tocan los salarios de los ministros de la Corte, bajo el argumento de que una remuneración como la que reciben garantiza la independencia e imparcialidad de sus fallos, además de que forma parte del esquema para evitar que los impartidores de la ley se vean tentados por dinero proveniente de actividades ilícitas.

El dictamen regula, asimismo, el régimen de liquidaciones, para frenar los excesos cometidos cuando, al finalizar sus encargos, múltiples funcionarios han recibido liquidaciones desproporcionadas. Se precisa además, que las remuneraciones de los servidores públicos deberán responder a criterios como el grado de responsabilidad y nivel jerárquico.