Usted está aquí: martes 27 de enero de 2009 Estados Impugnan ley contra el aborto en BC

Impugnan ley contra el aborto en BC

Jesús Aranda

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio entrada ayer a una impugnación contra la reciente reforma a la Constitución de Baja California, la cual “protege de manera incondicional y absoluta al concebido y no nacido”, además de que penaliza el aborto en esa entidad.

La queja cuestiona que las modificaciones aprobadas en diciembre pasado estipulan que “desde el momento en que un individuo es concebido queda bajo la protección de la ley y se le reputa como recién nacido para todos los efectos legales correspondientes, hasta su muerte natural o inducida”.

El procurador de los Derechos Humanos y Protección Ciudadana de Baja California, Javier Sánchez Corona, acudió ayer al máximo tribunal para presentar la acción de inconstitucionalidad en contra del Congreso y el Ejecutivo de ese estado, por considerar que la nueva norma es “una grave vulneración a los derechos fundamentales (reproductivos, a la no discriminación y la libertad de conciencia) de las mujeres”.

El documento señala que con la reforma publicada el 26 de diciembre en el periódico oficial de Baja California se equipara “concepción” con “fecundación”, lo que se traduce en la prohibición de la fecundación in vitro, del uso de anticonceptivos (en particular el dispositivo intrauterino) y la investigación de embriones no implantados, entre otros.

También impugna que los legisladores hayan eliminado las excepciones previstas en el artículo 136 del Código Penal del estado, que señalaban que el aborto no se castigaría en caso de deformidad del producto, cuando la vida de la mujer corra peligro o cuando el embarazo sea producto de una violación.

De ser admitida, esta acción de inconstitucionalidad será la primera que conozca la Corte después de haber declarado válida la despenalización del aborto en el Distrito Federal hasta las 12 semanas de gestación.

El ombudsman también señaló que la reforma pretende establecer una protección “incondicionada del concebido y no nacido” al otorgarle la titularidad del derecho a la vida y el carácter de persona, lo que vulnera la Constitución federal, “dado que no es válido postular que constitucionalmente le sea reconocido el derecho a la vida o el carácter de persona, ya que no existe una norma fundamental que pueda ser interpretada en ese sentido”.

 
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