Usted está aquí: miércoles 21 de enero de 2009 Política Rechaza la Corte mayoría de integrantes externos en los consejos de la Judicatura

■ Determina que en dichos órganos deben predominar miembros del Poder Judicial

Rechaza la Corte mayoría de integrantes externos en los consejos de la Judicatura

Jesús Aranda

Los consejos de la Judicatura Federal y de los estados deben integrarse con una mayoría de representantes del Poder Judicial, determinó la Suprema Corte al invalidar diversos artículos de una reforma constitucional en Baja California que establecía una mayoría de miembros “externos” (es decir, los representantes del Ejecutivo y Legislativo) en el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina de jueces y magistrados.

En una discusión que abarcó varias sesiones, los ministros trasladaron al ámbito de la justicia federal la controversia constitucional promovida por el Poder Judicial de Baja California en contra del Legislativo y Ejecutivo de esa entidad, los cuales aprobaron diversas reformas a la Constitución local relacionadas con la actuación del Consejo de la Judicatura.

Los ministros invalidaron ayer una serie de artículos de la Constitución impugnada, después de intensas discusiones.

En lo que hubo consenso fue en declarar la inconstitucionalidad del artículo que preveía que el consejo se integrara por tres miembros “externos” y sólo dos representantes de los juzgadores locales.

Los ministros consideraron que esa integración era contraria al principio de división de poderes y que violaba la autonomía e independencia del Poder Judicial local. Cabe señalar que el Consejo de la Judicatura Federal se integra con el ministro presidente de la Corte, tres magistrados, dos representantes del Senado y uno del Ejecutivo federal, lo que garantiza que los juzgadores tengan mayoría en las decisiones del órgano colegiado.

La carrera judicial

Por otra parte, el tema relativo a la carrera judicial centró el debate ayer, ya que la reforma constitucional de Baja California señala que los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de la entidad tienen que seleccionar a sus secretarios proyectistas de una lista de candidatos que le presente el Consejo de la Judicatura.

Para seis ministros, esa disposición es contraria a la Constitución, porque afecta la autonomía de los jueces al “obligarlos” a tener en su juzgado personal que no necesariamente es de su confianza.

Cinco ministros consideraron que la medida es legal y que además fortalece la carrera judicial.

El ministro Genaro Góngora Pimentel rechazó que la medida afecte la libertad de los magistrados para nombrar a su personal jurisdiccional, y agregó en tono irónico: “a un amigo de toda la vida, ¡pues cómo no me lo voy a llevar como secretario! Es mi cuate, es mi amigo”, no importa que no haya pasado los exámenes de aptitud.

Mariano Azuela reviró que “uno como juzgador busca una persona que verdaderamente trabaje”, y que ese personal, además de estar calificado profesionalmente, debe ser merecedor de la confianza del titular del juzgado.

Después de 13 años de que se instituyó la carrera judicial y se establecieron exámenes de oposición para los aspirantes a los cargos de actuario y secretario de juzgado, resulta que los jueces no están obligados a llevarse a su juzgado a quienes hayan sacado mejores calificaciones en los cursos y exámenes que realiza el Instituto de la Judicatura Federal. En cambio, pueden pedir que el instituto realice los exámenes correspondientes a sus recomendados y cumplir así con los requisitos legales para contratarlos.

De acuerdo con fuentes judiciales, este esquema favorece la discrecionalidad en el acceso al Poder Judicial, y que sean en su mayoría recomendados o familiares de juzgadores los que tengan acceso a ascender en la carrera judicial.

Este debate mantiene dividido al pleno desde hace años. Ayer la mayoría determinó que el artículo de la Constitución de Baja California era inconstitucional, pero como no se alcanzaron los ocho votos necesarios para invalidar la norma, ésta quedó vigente, con la salvedad –establecida expresamente por la mayoría– de que los juzgadores locales no sólo tengan que elegir entre los candidatos que presente el Consejo de la Judicatura, sino que también puedan proponer a gente de su confianza para que haga los exámenes de rigor y, entonces sí, puedan ser contratados con todas las de la ley.

 
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