Usted está aquí: miércoles 24 de diciembre de 2008 Opinión España: sanción plausible

Editorial

España: sanción plausible

El Tribunal Superior de Justicia de Murcia (España) emitió ayer un fallo en contra del juez familiar Fernando Ferrín Calamita, que lo inhabilita para el ejercicio de cualquier cargo público durante más de dos años. La sentencia obedece a que el juez incurrió en un “delito de retardo malicioso en la administración de justicia” en el caso de la adopción de una niña por una pareja homosexual.

Para recapitular: entre 2006 y 2007 Calamita se dedicó a imponer todo tipo de trabas y retardos al proceso de adopción solicitado por Susana Meseguer y Vanesa de las Heras, no obstante que las leyes de matrimonio homosexual, vigentes en España desde 2005, otorgan a las parejas del mismo sexo igual derecho a adoptar que a las heterosexuales. En abril del año pasado Calamita planteó cuestionamientos en torno al “derecho del menor de ser insertado en una familia normal, compuesta por dos personas de distinto sexo”, e incluso añadió, a manera de pregunta retórica: “¿no es de alta probabilidad (...) que (la menor) sea homosexual imitando el patrón que ha vivido en casa en sus años fundamentales para la formación de su personalidad?” Algo similar ocurrió en julio de 2007, cuando Calamita retiró a una lesbiana la custodia de sus dos hijas por considerar que su orientación sexual “influía negativamente” en la formación de las menores. En aquel entonces el juez afirmó que “el hombre y la mujer son complementarios entre sí; dos mujeres o dos hombres, no”.

La inhabilitación de Calamita resulta plausible, en primer lugar, porque la impartición de justicia no puede ser desempeñada, en ningún país que se reclame democrático, por funcionarios con sesgo confesional inocultable, que antepongan su moral y dogmas a lo que dicta la ley, ni mucho menos que tengan por regla la comisión de acciones homófobas como las referidas. Adicionalmente, al reconocer y sancionar una conducta injustificable, discriminatoria e ilegal, la justicia española da una señal de respeto a la diversidad y a los derechos de los ciudadanos de aquel país, que resulta particularmente saludable en un momento en que proliferan muestras de intolerancia homofóbica en distintos ámbitos, como evidencian las declaraciones hechas por Benedicto XVI, quien anteayer equiparó la homosexualidad con “una destrucción del trabajo de Dios”.

Por otra parte, y desde una perspectiva más general, siempre será una buena noticia que se sancione a personajes del poder público cuando realizan un ejercicio inadecuado o faccioso de sus funciones, anteponiendo al bienestar general intereses particulares propios o ajenos.

Es significativo que la sentencia que se comenta se dé en contra de un integrante del Poder Judicial español: ello habla de un sistema de impartición de justicia que, al menos en este caso, ha cumplido cabalmente con sus funciones, ha actuado con decoro e imparcialidad y ha adquirido, mediante su fallo, credibilidad institucional y autoridad moral ante la opinión pública nacional e internacional.

En suma, el fallo emitido por la justicia española en contra de Calamita resulta ejemplar no sólo en ese país, sino en muchas otras latitudes, y debe saludarse y felicitarse.

 
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