Usted está aquí: lunes 22 de diciembre de 2008 Capital Hasta junio de 2009 aplicarán todas las multas por mal manejo de basura

■ El 2 de enero entra en vigor la Ley de Residuos Sólidos del DF

Hasta junio de 2009 aplicarán todas las multas por mal manejo de basura

Ángel Bolaños Sánchez

Del total de infracciones previstas en el reglamento de la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal, que entrará en vigor el 2 de enero próximo, solamente en siete se suspenderá su aplicación hasta mediados de 2009, en tanto los gobiernos central y delegacionales emiten los programas correspondientes.

La Consejería Jurídica y de Servicios Legales adelantó que este martes se publicará el acuerdo correspondiente en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, donde se precisa cuáles son las conductas tipificadas como infracción, que si bien estarán vigentes, no se sancionarán sino hasta julio.

Una de ellas corresponde a la Secretaría del Medio Ambiente aplicar la multa: de 10 a 150 días de salario mínimo por arrojar o abandonar residuos sólidos de cualquier especie en la vía pública.

Otra corresponde a la Secretaría de Obras y Servicios, por reincidir en la pepena de residuos sólidos de los contenedores instalados dentro de los sitios de disposición final, que tiene la misma sanción que la anterior.

De las otras cinco infracciones que se suspenden corresponde a las delegaciones políticas su aplicación, en todos los casos de 10 a 150 días de salario mínimo, por: reincidir en la pepena de residuos sólidos en los contenedores instalados en la vía pública; al generador de residuos sólidos que reincida en no realizar la separación de orgánicos e inorgánicos en sus domicilios, empresas, establecimientos mercantiles, industriales y de servicios, instituciones públicas y privadas, centros educativos, dependencias gubernamentales y similares; a las personas que reincidan en depositar residuos sólidos en los contenedores destinados a su recolección por servicio de limpia sin haber hecho la separación correspondiente; a cualquier persona que traslade sus residuos hasta el sitio determinado por la delegación para su recolección, y a quienes coloquen sus contenedores de residuos urbanos en la vía pública fuera del día y la hora señalados por el servicio público de limpia para su recolección.

Entre las conductas que sí serán sancionadas a partir del 2 de enero están: arrojar basura de cualquier tipo a barrancas, lotes baldíos o cuerpos de agua superficiales o subterráneas, o al drenaje; fomentar basureros clandestinos; empresas, fábricas, centros comerciales o industriales que generen altos volúmenes y no paguen la tarifa correspondiente; a las empresas que no generen su plan de manejo de residuos, entre otras, que tienen multa de 150 a mil días de salario mínimo.

Con multa de mil a 20 mil días de salario mínimo estarán vigentes las sanciones por confinar residuos sólidos en sitios como parques, áreas verdes, zonas rurales así como depositar en sitios de disposición final residuos con contenidos líquidos que excedan los máximos permitidos.

Y de 10 a 150 días de salario mínimo, el depositar en contendores o la vía pública animales muertos o sólidos que despidan olores desagradables o derivados de la construcción; almacenar escombros y materiales en la vía pública; fijar publicidad o propaganda en el equipamiento destinado a la recolección de residuos, entre otras.

 
Compartir la nota:

Puede compartir la nota con otros lectores usando los servicios de del.icio.us, Fresqui y menéame, o puede conocer si existe algún blog que esté haciendo referencia a la misma a través de Technorati.