Usted está aquí: miércoles 3 de diciembre de 2008 Política El CCE, otra vez en pos de amparo contra fallo del tribunal electoral

■ Alega que sus espots de 2006 no eran propagandísticos

El CCE, otra vez en pos de amparo contra fallo del tribunal electoral

Erika Duarte

Ampliar la imagen Los presidentes de la Concamin, Ismael Plascencia Núñez; del Consejo Coordinador Empresarial, Armando Paredes Arroyo, y de la Coparmex, Ricardo González Sada, en la conferencia de prensa de ayer en el auditorio de la Concamin Los presidentes de la Concamin, Ismael Plascencia Núñez; del Consejo Coordinador Empresarial, Armando Paredes Arroyo, y de la Coparmex, Ricardo González Sada, en la conferencia de prensa de ayer en el auditorio de la Concamin Foto: María Luisa Severiano

El Consejo Coordinador Empresarial (CCE) solicitó un nuevo amparo, en este caso ante la resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sobre la ilegalidad en la transmisión de dos esptos difundidos por el CCE durante la campaña presidencial de 2006.

Los organismos afiliados al consejo recurrieron ayer al 16 juzgado de distrito en materia administrativa, para que el recurso sea atraído por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

El presidente del organismo empresarial, Armado Paredes, señaló que la resolución del TEPJF es violatoria porque emitió la sentencia en la que consideró ilegal la actuación del CCE sin conceder derecho de audiencia y por juzgar hechos ocurridos en 2006 con leyes vigentes en 2008, faltando, dijo, al principio de no retroactividad.

Agregó que el organismo empresarial dialoga con los principales actores políticos de todos los partidos sobre una “contrarreforma electoral que garantice el respeto irrestricto a las libertades consagradas en la Constitución y precise las diferencias entre propaganda electoral y posicionamientos políticos”, dijo en conferencia de prensa a la que asistieron los representantes de la mayoría de los organismos miembros del CCE.

“En 2006 el CCE promovió la transmisión de dos espots por todos conocidos por un espacio de dos semanas. Éstos se referían al valor del modelo económico con el cual comulgamos. Los espots no hacen mención de candidato o partido político alguno. Simplemente exponen la posición de un sector importante de la población y, por tanto, no debieron haberse calificado como propaganda electoral”, argumentó Paredes.

Lamentó que tras la contienda presidencial de 2006, en la que el TEPJF determinó que diferentes actores cometieron ilegalidades –entre ellos los empresarios, quienes contrataron espacios en medios electrónicos para difundir mensajes sobre los riesgos económicos, en caso de que al cambio de administración se implantara otro modelo económico– se aprobara una reforma en la que se determina que sólo los partidos pueden difundir propaganda, con lo que “fue vulnerada la libertad de expresión de los mexicanos”, señaló el empresario.

También se manifestó confiado en que procederá la solicitud del nuevo juicio de amparo, en este caso contra el fallo del TEPJF relacionado con los espots del CCE, debido a los antecedentes sentados por la SCJN para admitir los recursos promovidos en contra de la reforma constitucional como la del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), que se encuentra en revisión en tribunales.

En nombre del sector empresarial del país, Paredes Arroyo lamentó que tras la denuncia interpuesta por el Partido de la Revolución Democrática, el pasado 29 de octubre, el tribunal electoral emitiera una resolución en la que condenó por segunda ocasión al CCE por haber cometido ilícitos, razón por la cual condenó a los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y Verde Ecologista (a los que habrían beneficiado los anuncios del organismo empresarial) al pago de una multa, cuyo monto aún no se determina, pero que, según la ley electoral, debería ser el doble de lo que pagó el CCE por la transmisión de los dos esptos durante 15 días previos a la elección, cantidad que no especificaron los empresarios, por tratarse de información confidencial y no cometer una nueva falta ante el Instituto Federal Electoral, argumentaron.

 
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