Usted está aquí: miércoles 29 de octubre de 2008 Estados Sentencian a un menor a 4.9 años de tratamiento; lo ligan al homicidio del edil de Ixtapan de la Sal

■ El fallo, resultado de un juicio oral; conducta antisocial grave, cargo contra El Pollo

Sentencian a un menor a 4.9 años de tratamiento; lo ligan al homicidio del edil de Ixtapan de la Sal

De la Redacción

Zinacantepec, Méx., 28 de octubre. El juzgado segundo para adolescentes en el estado de México determinó que el joven identificado con las siglas JCO, El Pollo, de 17 años, “es responsable de conducta antisocial grave de homicidio”, en agravio del alcalde de Ixtapan de la Sal, Salvador Vergara Cruz, cometido el pasado 4 de octubre, por lo que resolvió someterlo a tratamiento y readaptarlo durante cuatro años nueve meses.

La resolución, resultado de un juicio oral, estipula que este tratamiento debe ser aplicado en internamiento en la Escuela de Rehabilitación para Menores, Quinta del Bosque, ubicada en este municipio, lugar al que fue remitido El Pollo luego de su detención, el 5 de octubre, en Ixtapan de la Sal.

Junto con JCO han sido detenidas 13 personas más, involucradas en el crimen del alcalde de extracción priísta, quienes se encuentran arraigadas desde el 11 de octubre, mientras el Ministerio Público reúne más elementos para su consignación por homicidio calificado, tentativa de homicidio, delincuencia organizada y cohecho.

Según la Procuraduría General de Justicia del estado de México, El Pollo “tuvo una participación activa en la planeación del homicidio del alcalde”.

Según la Ley de Justicia para Adolescentes de la entidad, las sentencias para los menores que hayan cometido conductas antisociales –como se define a los delitos en este ordenamiento– no se podrán hacer públicas; sin embargo, por el interés que ha causado este asunto entre la población mexiquense, fuentes de la procuraduría estatal filtraron la resolución. En el Poder Judicial se negaron a informar del asunto, porque la ley lo impide.

Según el artículo 28 de dicho reglamento, “a los adolescentes que se atribuya una conducta antisocial y estén sujetos a un procedimiento para determinar su responsabilidad, se les garantizará el derecho a que se respete su vida privada y la de su familia. Sus datos personales y los del procedimiento en el que se ve implicado serán confidenciales y queda prohibida su divulgación, como lo dispone la ley en la materia”.

Agrega: “Las autoridades que divulguen la identidad de un adolescente sujeto a un procedimiento para determinar su responsabilidad, en cualquiera de sus etapas, o los datos del procedimiento en el que se vea implicado, mediante comunicación electrónica, impresa, personal o cualquier otro medio, se harán acreedoras al pago de una indemnización equivalente a mil días de salario mínimo general vigente correspondiente al área geográfica de donde se cometa la falta.

“Esta será en favor del adolescente afectado, con total independencia de las sanciones administrativas que resulten procedentes en contra de las autoridades de conformidad con lo la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y la Ley de Responsabilidades de los Servidores públicos del Estado y Municipios”.

 
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