Usted está aquí: jueves 23 de octubre de 2008 Capital Buscan endurecer sanciones contra condóminos morosos

Buscan endurecer sanciones contra condóminos morosos

Raúl Llanos Samaniego

El presidente de la Comisión de Vivienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, Nazario Norberto Sánchez, propuso ayer una serie de reformas a la Ley de Propiedad de Condominio para endurecer las sanciones en contra de los condóminos morosos, recuperar las áreas comúnes apropiadas ilegalmente e imponer incluso la enajenación del inmueble.

En conferencia de prensa, el legislador de la mayoría perredista en la ALDF detalló que en su iniciativa de modificaciones también se incrementan las sanciones para aquellos que violen lo que establece la referida ley, y pasa de 200 días de salario mínimo, como máximo en la legislación vigente, hasta 400 días de salario mínimo.

Nazario Norberto detalló que cerca de dos millones de capitalinos viven hoy día en unidades habitacionales, y que son muchos los problemas que se enfrentan, sobre todo por la falta de pago de cuotas para mantenimiento y vigilancia, lo que ha ocasionado que se deteriore no sólo el inmueble, sino las relaciones entre los mismos condóminos.

Obligaciones de carácter civil

Algunos de los puntos que contempla dicha propuesta de reformas son, entre otras: “se prevé la forma en que los fondos de la administración sean invertidos para generar ganancias en sus rendimientos”, de igual manera se plantea que para aquellos habitantes de estas unidades que se rezaguen en sus pagos se les suspendan sus derechos a votar a los representantes y administradores de cada conjunto habitacional.

Más adelante, el diputado del PRD indicó que en su propuesta se reducen de 89 a 79 los artículos de la Ley de Propiedad de Condominio, además de que 33 se modifican, 14 se anulan y se agregan cuatro.

Resaltó que la intención es que estas modificaciones puedan ser discutidas por la Comisión de Vivienda para su dictaminación y subirla al pleno de la ALDF durante este mismo periodo de sesiones, de manera tal que puedan entrar en vigor para los primeros días de enero de 2009.

Finalmente, en la iniciativa en mención se indica que las cuotas de mantenimiento que no sean cubiertas oportunamente se constituirán en obligaciones de carácter civil y, por tanto, podrán ser exigibles por la vía ejecutiva civil.

“Para ello, basta el estado de liquidación de adeudos, intereses moratorios y/o pena convencional que se haya estipulado en la Asamblea de Condóminos o en el Reglamento” para que pueda también tramitarse la solicitud de embargo precautorio de bienes para asegurar dichos pagos, “y contra esta acción no procede ningún tipo de excepción, más que la del pago”, concluye el documento.

 
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