Número 146 | Jueves 4 de septiembre de 2008
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NotieSe


Militares seropositivos al VIH aún sin derechos

Por Antonio Medina

En marzo de 2003 —en el aniversario 20 del primer caso registrado de sida en México— se supo públicamente la situación que vivían los soldados que resultaban seropositivos en las Fuerzas Armadas Mexicanas y cómo las instituciones marciales mantuvieron en secreto sus políticas y procedimientos cuando uno de sus integrantes manifestaba síntomas de sida o se comprobaba que era portador del VIH.

Durante esas dos primeras décadas de la epidemia nadie tuvo la osadía de cuestionar a una institución tradicionalmente cerrada hacia la sociedad y celosa de sus políticas. Decenas de soldados fueron enviados a “resguardo familiar”, para después ser despedidos por vivir con VIH o sida, tal como lo indica —hasta la fecha— el artículo 226 de la Ley del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas Mexicana (ISSFAM).

El secreto que se mantuvo durante esos años cobró la vida de decenas, tal vez cientos, de soldados que contrajeron el VIH por relaciones sexuales desprotegidas con mujeres o con otros hombres. Los militares muertos contrajeron el virus, según la lógica de su misión, en sus días francos o en horas de trabajo, luego de permanecer días, semanas o meses en acciones contra el narcotráfico, tal vez respondiendo a desastres naturales o capacitándose en zonas de adiestramiento.

Defensa legal exitosa
El debate sobre la discriminación a militares seropositivos comenzó en 1999 cuando un sargento del ejército mexicano fue dado de baja por “inutilidad”, criterio aplicado con base en la Ley del ISSFAM, que especificaba la baja por enfermedades que afectaran al sistema inmunológico. A finales de 2002 la ley fue reformada y, para sorpresa de las organizaciones defensoras de los derechos humanos, fue más allá en su espíritu discriminador, pues especificaba, en el artículo 226, al VIH como causa automática de baja.

En diciembre de 2002, con 360 votos a favor, cero en contra y cuatro abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó las modificaciones a la Ley del ISSFAM. Al día siguiente fue ratificada por la Cámara de Senadores con 85 votos a favor, cero en contra y cinco abstenciones. En octubre del año siguiente la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) dio de baja a 11 militares positivos al VIH en Yucatán.

Un año después, el 21 de abril de 2004, el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa declaró inconstitucional la baja de las Fuerzas Armadas de un militar con VIH. El argumento fue que la institución no debe limitarse a aplicar la legislación militar sobre seguridad social, pues “la Constitución, seis tratados internacionales y tres leyes federales garantizan el acceso a la salud, la no discriminación y la permanencia de los soldados en el empleo”.

Mientras tanto, una docena de soldados relataron a Letra S su experiencia. El común denominador de las denuncias fue el sometimiento a pruebas de detección del VIH sin su consentimiento, el trato discriminatorio por parte de los superiores cuando se enteraban de su estado serológico, la violación de la confidencialidad, el maltrato por parte de médicos del Hospital Central Militar y, en la mayoría de los casos, el despido sin derecho alguno.

Si el soldado tenía menos de 20 años de servicio no le eran garantizados sus derechos laborales ni de seguridad social. Una vez separado de su puesto comenzaba un deambular por instituciones de salud en una época en que aún no se garantizaba el acceso universal de medicamentos y atención. Se enfrentaba al estigma social que implica vivir con VIH, pues en sus documentos oficiales se ponía un sello que delataba su estado serológico, lo que lo limitaba laboralmente.

Entre 2002 y 2007 el tema deambuló por los pasillos de juzgados y de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). El abogado Pedro Morales Aché, responsable de la lucha jurídica por los derechos de los soldados seropositivos al VIH, utilizó todos los instrumentos legales para que la discusión llegara a la SCJN. En 2007 la Corte resolvió el caso de once militares y determinó la inconstitucionalidad parcial de la Ley del ISSFAM.

Luego de un lustro de discusión hoy sabemos, gracias a la Ley de Acceso a la Información Pública, que existen mil 139 militares que han sido registrados como seropositivos al VIH en las Fuerzas Armadas Mexicanas, de los cuales 806 pertenecen al Ejército Mexicano, entre 1986 y 2007. En tanto, la Secretaría de Marina ha reportado 333 portadores en el periodo 1985-2007.

Por su parte, la Sedena ha informado que se ha dado de baja por “inutilidad” a tres militares en el 2000, 44 en el 2001, 62 en el 2002, 30 en el 2003, 22 en el 2004, 46 en el 2005, 36 en el 2006.

Aún falta saber qué ha sucedido con todos los militares que fueron dados de baja antes del año 2000, cuántos han muerto y qué tipo de compensación otorgaron las instituciones militares a los deudos.

Propuestas de reforma a ley impugnada
No obstante el avance registrado, luego de cinco años de discusión pública y litigio jurídico todavía los militares seropositivos no tienen garantizados sus derechos, aunque sí la posibilidad de ampararse; a partir de los criterios emitidos por la SCJN sobre el tema, cuando menos 11 militares seropositivos han ganado juicios contra las instituciones militares y les han sido restituidos sus derechos.

Si bien la SCJN ha instruido a las instituciones militares acatar su resolución de 2007, éstas siguen aplicando la ley impugnada. El panorama podría cambiar con la presentación de una iniciativa de reformas presentada por la Presidencia de la República que propone adicionar al artículo 226 la mención del VIH/sida como una de las afecciones “que pueden ameritar cambio de arma o de servicio, a fin de estar en posibilidad de proporcionar el servicio, control y tratamiento médico correspondientes”, además de cambiar la terminología militar que considera “inútiles” a los soldados con VIH, para ahora calificarlos como “incapacitados”.

La propuesta se suma a la iniciativa de ley que desde hace más de un año fue presentada por la fracción del PRD que también busca eliminar la seropositividad como causa de retiro. Para el ombudsman del DF, Emilio Álvarez Icaza el cambio de lenguaje en la propuesta presidencial es un avance que, no obstante, sólo “da la vuelta” a la resolución de la SCJN. “La propuesta de cambio de palabras entre inútil o inutilizado por discapacidad o discapacitado es menos indigno, pero la realidad es que no está atendiendo la resolución de fondo de la SCJN, porque el problema tiene que ver en cómo el Estado, y en particular las Fuerzas Armadas, atienden la vigencia de los derechos humanos del personal militar”, consideró.