Usted está aquí: jueves 4 de septiembre de 2008 Política Jorge Castañeda perdió el juicio que promovió ante la CIDH, aclara la SRE

■ Se ordenó rembolsarle sólo los gastos de viaje a sede de la corte

Jorge Castañeda perdió el juicio que promovió ante la CIDH, aclara la SRE

Georgina Saldierna

El subsecretario para Asuntos Multilaterales de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), Juan José Gómez Robledo, dejó ayer muy claro que Jorge Castañeda Gutman perdió el juicio que interpuso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en contra del Estado mexicano por presuntas violaciones a sus garantías individuales y políticas.

Al hacer una evaluación del resolutivo que emitió la CIDH sobre el caso, indicó además que los 7 mil dólares que la corte ordenó pagar al ex canciller no constituyen una indemnización ni una reparación por presuntas violaciones a sus derechos humanos, sino simplemente el reintegro de los gastos que hizo junto con sus abogados para asistir a la sede del organismo internacional, en San José de Costa Rica.

Recordó que el ex funcionario pidió a la CIDH que lo indemnizaran por todos los costos de su precampaña, por lo que había dejado de percibir al no poder dedicarse a una actividad profesional, y por la afectación a su proyecto de vida al negarle el Instituto Federal Electoral la posibilidad de ser candidato independiente. Sin embargo la corte desestimó todo esto y lo único que hizo fue ordenar el pago de lo erogado en el juicio, sobre la base de los comprobantes que presentó.

Puntualizó que la CIDH es famosa por condenar a los estados a pagar cantidades millonarias cuando existen violaciones a las garantías individuales. Pero en este caso, estimó que no había lugar a reparación alguna y que lo único que le podía dar al demandante es la reintegración de sus gastos por una cuestión de equidad.

Gómez Robledo destacó que en el juicio, Castañeda Gutman alegó que el Estado mexicano violó sus derechos políticos de asociación, expresión e igualdad ante la ley. También manifestó que al no existir la figura de las candidaturas independientes se le estaban violentando sus garantías. Sin embargo, la CIDH no le dio la razón, pues consideró que el sistema de partidos que rige en México es perfectamente compatible con los derechos humanos, y que el hecho de que exista un monopolio de las candidaturas a partir de los partidos políticos responde a razones históricas y sociales.

Sumado a ello, el subsecretario sostuvo que Castañeda nunca pudo demostrar que pasar por un partido político significara una restricción arbitraria a su derecho de ser votado. En este contexto, la corte estimó que pudo haber ingresado a una agrupación de este tipo o intentar ser postulado por ella sin pertenecer a la misma, como lo permite la figura de candidato externo.

El funcionario indicó que el demandante tenía una serie de opciones que no utilizó, al destacar que ninguna de ellas fue considerada por el organismo internacional como violatoria de las garantías fundamentales.

Por lo que hace a la petición de la CIDH para que México ajuste la legislación secundaria y las normas que reglamentan el juicio de protección de los derechos de los ciudadanos a lo previsto en la reforma constitucional en materia electoral del año pasado, explicó que antes de esta última modificación no había claridad en torno a si el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación tenía competencia para conocer sobre quejas relacionadas con la constitucionalidad de las leyes respectivas.

Sin embargo, con la reforma del año pasado, quedó claro que el tribunal tiene facultades para revisar dicho tema. Sostuvo en este sentido que el resolutivo de la CIDH lo que pide es plasmar dicha facultad en el Código Fedral de Instituciones y Procedimientos Electorales, para garantizar a los ciudadanos el cuestionamiento de la constitucionalidad de la regulación legal.

Los planteamienrtos del subsecretario contrastan con los señalamientos de Castañeda, quien se ha mostrado como el ganador del resolutivo de la CIDH.

 
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