Usted está aquí: martes 5 de agosto de 2008 Sociedad y Justicia Podemos hacer antirretrovirales 10 veces más baratos: industriales

■ La limitante es la patente, dice Jaime Uribe, presidente de fabricantes de fármacos

Podemos hacer antirretrovirales 10 veces más baratos: industriales

■ Subraya que Cofepris está imposibilitada para verificar la calidad de medicamentos importados

Ángeles Cruz Martinez

Ampliar la imagen Activistas de Salud Integral de la Mujer protestan, ayer, en el contexto de la Conferencia Internacional sobre VIH/sida Activistas de Salud Integral de la Mujer protestan, ayer, en el contexto de la Conferencia Internacional sobre VIH/sida Foto: Cristina Rodríguez

La industria farmacéutica nacional no se opone a la eliminación del requisito de planta, sino a que las autoridades sanitarias incumplan con su obligación de garantizar que los medicamentos comprados en el extranjero reúnan las condiciones de calidad y seguridad necesarias.

Jaime Uribe, presidente de la Asociación Nacional de Fabricantes de Medicamentos (Anafam), señaló que la decisión del presidente Felipe Calderón, anunciada el domingo pasado en la inauguración de la 17 Conferencia Internacional sobre VIH/sida, para registrar medicamentos sin necesidad de que el solicitante cuente con una fábrica instalada en territorio nacional, tiene el objetivo de presionar a los laboratorios trasnacionales, pero resultaría más efectiva si se permitiera a los nacionales producir los antirretrovirales.

En entrevista, el empresario reconoció que “tarde o temprano” las autoridades iban a tomar la medida. Ahora el problema es que la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), encargada de autorizar los registros sanitarios, carece de la infraestructura física y humana para verificar las buenas prácticas de manufactura en el extranjero.

De hecho, en la pasada reforma al Reglamento de Insumos para la Salud (RIS), que entró en vigor en enero de 2008, por ello se mantuvo el llamado requisito de planta.

Ayer la Cofepris informó que con la finalidad de fortalecer el control sanitario de los medicamentos, el gobierno federal le asignará “los recursos necesarios” para cumplir el decreto presidencial que se tiene que publicar en el Diario Oficial de la Federación.

Con la decisión calderonista se modificarán los artículos 168 y 170 del RIS. La apertura será gradual y entrará en vigor al día siguiente de su publicación para los antirretrovirales contra el VIH/sida. A los seis meses aplicará para el registro de vitamínicos, vacunas, sueros, hemoderivados, antitoxinas, hormonales de origen biológico, homeopáticos y herbolarios.

Al año posterior se permitirá el ingreso al país de fármacos biotecnológicos y biológicos no especificados en los anteriores. A los 18 meses se podrán importar medicamentos que contengan estupefacientes o sicotrópicos (controlados) y que sólo se adquieren entregando la receta en la farmacia, y medicamentos de libre acceso.

Tras 24 meses, la reforma aplicará para los demás medicamentos que requieran receta, pero que se pueden surtir cuantas veces lo indique el médico.

La Cofepris señaló que las solicitudes de registro sanitario que se encuentren en trámite a la entrada en vigor del decreto, se atenderán conforme a las disposiciones vigentes al momento de su presentación.

Por su parte, el presidente de Anafam consideró que mientras la Cofepris carezca de los recursos para verificar las buenas prácticas de manufactura de los posibles vendedores de medicinas a México, no se deberá autorizar ningún registro sanitario, a menos que se pretenda poner en riesgo la salud de la población.

Destacó que la industria nacional ha demostrado ser competitiva y al gobierno federal “le podríamos fabricar todos los antirretrovirales, con precios cuatro y hasta 10 veces más baratos si no estuvieran protegidos por una patente”.

Además, dijo, la decisión de suprimir el requisito de planta no se puede considerar “apertura”, sino la transferencia de la responsabilidad –que hasta ahora han asumido los laboratorios al cumplir con todos los requisitos de calidad que exige la normatividad–, hacia las autoridades sanitarias. Éstas deberán comprobar el cumplimiento de leyes y reglamentos, indicó.

 
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