Usted está aquí: viernes 18 de abril de 2008 Política Descartan que proceda la supuesta demanda de los Bribiesca contra el IFAI

■ No existe daño legal, confirma el abogado Cristian Zinser

Descartan que proceda la supuesta demanda de los Bribiesca contra el IFAI

Alfredo Méndez

El Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI) basó en la Constitución y en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG) su determinación de que se dé a conocer la averiguación previa que involucra a los hijos de Marta Sahagún, refirió ayer un funcionario del órgano colegiado.

Explicó que en abril de 2006 la Procuraduría General de la República (PGR) dio inicio a la averiguación previa contra los hermanos Manuel y Jorge Bribiesca, misma que concluyó en noviembre de ese año con el no ejercicio de la acción penal para ambos.

Fue por ello que se ordenó hacer pública la indagatoria en cumplimiento al artículo sexto de la Constitución, que establece el derecho a la información, y con base en el artículo 14 de la LFTAIPG, que dispone que se pueda hacer pública una información cuando han concluido las causas que dieron origen a la clasificación de averiguación previa. Una información deja de ser reservada cuando se dictamina el no ejercicio de la acción penal en favor de un inculpado.

Desde la perspectiva del área jurídica del IFAI no procedería una demanda civil en contra de los comisionados, por dos razones: porque los hermanos Bribiesca no han agotado todas las vías jurídicas para inconformarse con la resolución del órgano de transparencia, como lo es el juicio de amparo, y porque una resolución ministerial de no ejercicio de la acción penal no causa perjuicios morales a quien fue beneficiado con ella.

En tanto, Cristian Zinser especialista en derecho civil y ex abogado de la periodista argentina Olga Wornat durante su litigio contra los hermanos Bribiesca, que la demandaron por daño moral, consideró que no habría forma legal de que proceda una demanda civil contra el IFAI, salvo cuando rebase sus atribuciones legales.

“No considero que el IFAI pueda ser demandado civilmente en cualquier caso; el único motivo por el que el IFAI pudiera incurrir en alguna responsabilidad es que vaya más allá de sus atribuciones, y que el ejercicio de esas atribuciones le cause al particular algún daño o perjuicio”, consideró el litigante.

Agregó que en el caso de la indagatoria contra los Bribiesca que debe hacerse pública por orden del IFAI, no causa ningún daño moral o público a los hijos de Marta Sahagún, porque contiene fundamentos que los exoneran de ser responsables de algún delito.

“En este caso en particular, si esta averiguación previa se mandó al no ejercicio de la acción penal, técnicamente es un documento oficial derivado de una autoridad ministerial, en el cual se determinó que no había delito, entonces no entiendo donde está el daño que se les pudiera ocasionar a los Bribiesca.

“Vamos a pensar que mañana se hace público este documento y que todo México tenga una copia de esa averiguación previa; lo que tendríamos todos es un documento en el que se determinó que no había un delito… ¿dónde está el daño?”, puntualizó Zinser.

 
Compartir la nota:

Puede compartir la nota con otros lectores usando los servicios de del.icio.us, Fresqui y menéame, o puede conocer si existe algún blog que esté haciendo referencia a la misma a través de Technorati.