Usted está aquí: jueves 3 de abril de 2008 Sociedad y Justicia Presentan queja ante la CNDH por “violaciones” de la Ley del ISSSTE

■ Transgrede la Declaración Universal de Derechos Humanos: abogados

Presentan queja ante la CNDH por “violaciones” de la Ley del ISSSTE

Carolina Gómez Mena

Debido a que la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y su reglamento violan el artículo 22 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, ya que “por lo menos tiene 13 afectaciones contra los trabajadores que cotizan al instituto”, la Asociación Nacional de Abogados Democráticos (ANAD) presentó una queja ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), informó Manuel Fuentes Muñiz, secretario de asuntos laborales y seguridad social de dicha agrupación.

El litigante señaló a este diario que el reglamento de la ley induce a que los empleados tengan que decidir por el denominado bonoissste o el décimo transitorio.

“No es imparcial, porque quien lo redactó buscó vulnerar la voluntad de los trabajadores. Si se niegan a firmar alguna de las dos alternativas les imponen la presencia de la contraloría, como si su actitud estuviera fuera de norma, cuando es un derecho irrenunciable el no optar por ninguna alternativa para seguir defendiendo sus garantías adquiridas”, comentó.

Criticó la lentitud con que se están revisando los amparos interpuestos contra la Ley del ISSSTE, “mientras el plazo de los seis meses se agota para que los trabajadores decidan entre los dos regímenes”. Asimismo, consideró que no es entendible que algunas de las resoluciones de recursos sean diferentes, porque muchos tienen iguales modelos de demanda y pruebas.

“Es muy cuestionable el artículo 40, el cual obliga la presencia de las contralorías internas cuando los trabajadores no acepten recibir la documentación para decidir por el bono o conservar parcialmente sus derechos en términos del décimo transitorio de la ley”, precisó.

En cuanto a las 13 afectaciones, la ANAD detalla el incremento en los requisitos de edad (60 años en hombres y 58 en mujeres) y años de cotización para el disfrute de la pensión (hombres 30 y mujeres 28); el aumento en las cotizaciones que pagan los trabajadores, incrementándose del 8 por ciento que señalaba la ley anterior, a 10.625 con la nueva legislación, y la imposición de elegir, entre enero y junio de 2008, entre el régimen previsto en el artículo décimo transitorio o por la acreditación de los Bonos del ISSSTE para renunciar a su jubilación.

Asimismo, el artículo décimo transitorio “anula”, a partir de 2018, el derecho a obtener una pensión de cesantía en edad avanzada, y en el caso de los riesgos de trabajo, conlleva que se desnaturalice la seguridad social al permitir que sean aseguradoras privadas las que otorguen una renta vitalicia en relación con lo aportado por el cotizante, entre otros aspectos, precisó.

 
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