Usted está aquí: jueves 6 de marzo de 2008 Política Permite la Corte asistir a migrantes por razones humanitarias y sin fines de lucro

■ La decisión beneficia a María Concepción Moreno, presa por dar un taquito a indocumentados

Permite la Corte asistir a migrantes por razones humanitarias y sin fines de lucro

Jesús Aranda

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó ayer que sólo incurre en el delito de tráfico de personas quien albergue o transporte a indocumentados para obtener un beneficio económico.

Esta decisión exonera del ilícito previsto en el artículo 138 de la Ley General de Población a quienes por razones humanitarias o sin fines de lucro, “y que siguiendo la tradición mexicana de asistencia, apoyo y ayuda al necesitado, desvalido o que se encuentre en una situación de desventaja, alberguen o transporten a extranjeros indocumentados, lo que supone, en todo caso, la buena fe”.

Al resolver una contradicción de criterios entre el primer tribunal colegiado del vigésimo circuito y el segundo tribunal colegiado del vigésimo circuito, los ministros determinaron los alcances del “propósito de tráfico” contenido en el citado artículo, es decir, que dicho propósito debe acreditarse junto con todas las conductas ilícitas a quien “por sí o por medio de otro u otros introduzca, sin la documentación correspondiente expedida por autoridad competente, a uno o varios extranjeros a territorio mexicano o, con propósito de tráfico, los albergue o transporte por el territorio nacional con el fin de ocultarlos para evadir la revisión migratoria”.

Los ministros concluyeron que para tipificar ese delito necesariamente debe incluirse la pretensión de obtener un beneficio lucrativo cierto, actual o inminente.

La decisión de la SCJN tiene un impacto directo en casos como el de la señora María Concepción Moreno Arteaga, quien fue detenida el 10 de marzo de 2005 por elementos de la Agencia Federal de Investigación, y fue recluida en el penal femenil de San José el Alto, Querétaro, y sentenciada a seis años de prisión por regalar comida a indocumentados.

Al momento de su detención fue acusada de ser pollera, debido a que ese día un grupo de indocumentados tocó a su puerta para pedir alimento y ella les preparó “un taquito”. Fue el momento en que irrumpieron los agentes en la casa de esta mujer que en aquel entonces tenía 47 años de edad y que no sabía leer ni escribir.

María tiene cinco hijos (cuatro casados). Se dedicaba a lavar y planchar ropa ajena. Es originaria de Epigmenio González, comunidad conocida como El Ahorcado, en el municipio de Pedro Escobedo, cerca de las vías del tren, donde es común que hasta 200 indocumentados, principalmente centroamericanos, bajen a pedir comida a los vecinos. “Como todo mundo, como en el rancho, les regalamos un taquito, porque al verlos que llegan así de hambrientos, todos sucios... Hasta a ustedes les daría tristeza ver cómo llegan”, expresó.

Dos días después fue sentenciada a seis años de cárcel por violaciones a la Ley General de Población, según una averiguación previa que la relacionó con cuatro presuntos traficantes de indocumentados del municipio El Marqués, que habrían ayudado a 19 de ellos a cruzar el país, según informó ese día la delegación de la PGR.

 
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