Usted está aquí: viernes 29 de febrero de 2008 Economía Tipifican como delito despachar menos combustible

Tipifican como delito despachar menos combustible

Andrea Becerril

El Senado de la República aprobó ayer una reforma al Código Penal Federal para tipificar y penalizar la venta fraudulenta de gasolina, diesel y gas carburante.

El dictamen en torno a los artículos 253 y 387 del Código Penal Federal fue modificado ayer a fin de precisar que las sanciones, que van de tres a 10 años de prisión se aplicarán a los dueños de las estaciones de servicio o “a los autores intelectuales” del fraude, a fin de proteger a los trabajadores o despachadores del combustible.

La iniciativa, presentada por los perredistas Tomás Torres y Silvano Aureoles, crea un subtipo específico de fraude consumado para quien reincida en la venta al consumidor de gasolina, diesel o gas, en cantidades menores a las que registre la bomba de servicio o el instrumento que corresponda para el suministro.

El también perredista Ricardo Monreal propuso que el dictamen se regresara a comisiones a fin de analizar a mayor detalle la reforma, toda vez que a su juicio se establecen sanciones severas contra el dueño de la gasolinera, sin que se prevea cómo evitar los robos.

Sin embargo, su compañero de bancada, Silvano Aureoles, argumentó ante el pleno que la intención de la reforma es proteger a 15 millones de mexicanos que diariamente acuden a las gasolineras, a fin de que no sean defraudados.

Hizo notar que según datos de la Procuraduría Federal de Protección al Consumidor (Profeco), la mayor parte de las 7 mil 200 gasolineras que operan en el país no están en condiciones de garantizar “los litros de a litro” y de las 32 mil máquinas expendedoras, 22 mil deben ser cambiadas porque no reúnen los requisitos para brindar un servicio de calidad.

Datos preocupantes en estaciones de servicio; Profeco inmovilizó 404

En el dictamen, en tanto, se señala que hay datos preocupantes respecto del fraude en gasolineras, a tal grado que tan sólo durante septiembre de 2006 la Profeco inmovilizó en forma parcial o total 404 expendios del combustible.

El 25 por ciento de esas gasolineras inmovilizadas contaba con el distintivo Quali, que Pemex entrega a los expendedores que certifican cumplir con los estándares de calidad y la garantía de venta confiable para el consumidor.

Asimismo, en el dictamen se resalta que a pesar de diversas medidas puestas en marcha por autoridades federales, que van desde la verificación física de las bombas expendedoras de gasolina hasta acciones de tipo fiscal, los fraudes continúan.

Durante la discusión, se aprobaron las propuestas que formuló el priísta José Eduardo Calzada Rovirosa a fin de que se precisara que las sanciones son para los titulares de la concesión o lo administradores, a fin de proteger a los trabajadores, muchos de los cuales laboran como “propineros” sin tener siquiera un contrato y sin ser responsables de la alteración en la cantidad de gasolina que se vende.

La iniciativa que reforma el Código Penal se aprobó con 83 votos a favor, dos en contra y ocho abstenciones y pasó a la Cámara de Diputados.

 
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