Usted está aquí: miércoles 13 de febrero de 2008 Política PT y Convergencia impugnan ante la Suprema Corte la reforma electoral

Por “violaciones” a la Constitución, interponen sendos recursos de controversia

PT y Convergencia impugnan ante la Suprema Corte la reforma electoral

Los cambios favorecen a los grandes partidos y limitan espacios en radio y tv, alegan

Jesús Aranda

Los partidos del Trabajo (PT) y Convergencia presentaron ayer sendas acciones de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra de las recientes modificaciones al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), por considerar que éstas violaron la garantía constitucional de votar y ser votado, los principios de libre participación y acción política, además de que otorgan un trato discriminatorio en favor de los partidos mayoritarios en materia de financiamiento público y participación en los medios de comunicación electrónica.

El dirigente nacional petista, Alberto Anaya, precisó en entrevista que las reformas al Cofipe violan derechos individuales básicos, como el de libre asociación, al prohibir las coaliciones; el impedimento de que los partidos utilicen propaganda visual como pendones en el mobiliario público, además de que lesionan la libertad de expresión.

“Las reformas limitan de manera grave los espacios democráticos en el país”, sostuvo el también senador, quien precisó que, a diferencia de los amparos que interpuso el Consejo Coordinador Empresarial en contra de la reforma constitucional, la demanda del PT se limita a las modificaciones al código electoral, porque el otro asunto ya es “cosa juzgada”. Llamó a los ministros a que resuelvan la acción de inconstitucionalidad a más tardar en octubre próximo, antes de que se inicie el proceso electoral federal de 2009.

Por la mañana, el dirigente nacional de Convergencia, Dante Delgado, y el coordinador de los diputados de este partido, Alejandro Chanona, acudieron también a la sede de la SCJN para interponer también una acción de inconstitucionalidad en contra de las reformas al Cofipe.

Argumentaron en su escrito que se vio-ló el procedimiento legislativo, que se vulneran los principios de libre asociación y participación política; además, cuestionaron el uso de los tiempos oficiales en los medios electrónicos de comunicación.

Externaron su rechazo al criterio incluido en el código de que 30 por ciento del financiamiento público y de los espacios en medios electrónicos se reparta de manera igualitaria entre todos los partidos registrados, y que el restante 70 por ciento se distribuya según la votación nominal obtenida por cada instituto político en la elección inmediata anterior, ya que con ello “se favorece a los partidos mayoritarios que aprobaron dicha reforma”.

En la demanda, Convergencia impugna que el Cofipe excluya a las agrupaciones políticas nacionales del financiamiento público ordinario.

 
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