Usted está aquí: jueves 27 de diciembre de 2007 Política Iniciativa para endurecer penas por violación y estupro

Propone el PAN cambios al Código Penal Federal

Iniciativa para endurecer penas por violación y estupro

Andrea Becerril

En el próximo periodo de sesiones de febrero, la fracción del PAN en el Senado impulsará una iniciativa para reformar el Código Penal Federal, con miras a endurecer las penas en los casos de violación y estupro, y homologar la legislación a escala nacional, con el propósito de frenar los delitos de violencia sexual, sobre todo contra mujeres y niñas.

En el Código Penal Federal hay delitos como el desmantelamiento de vehículos robados o la comercialización conjunta o separada de partes de los mismos, cuya pena máxima es superior a la impuesta por violación o abuso de menores”.

Por eso, es indispensable “impulsar la severidad de las disposiciones que castigan aquellas conductas que atentan contra la sexualidad de mujeres y menores.

La iniciativa, presentada por el senador Humberto Andrade Quezada en el último día de sesiones del periodo que concluyó el pasado día 13, está ya en comisiones dictaminadoras. En el caso de violadores, propone reformar el artículo 265 para que en lugar de que la sanción vaya de ocho a 14 años de prisión, como está en la actualidad, la pena mínima sea de 10 y la máxima de 20.

Por lo que se refiere al estupro, el artículo 262 del Código Penal Federal prevé de tres meses a cuatro años de prisión “al que tenga cópula con persona mayor de 12 años y menor de 18”, cuando el consentimiento para ello sea dado por medio del engaño. Aquí la propuesta es que la sanción mínima sea de tres años y la máxima de siete.

Deben endurecerse las sanciones, ya que “esta clase de ilícitos provoca en las víctimas consecuencias de tal magnitud que pueden perdurar varios años, e incluyen lesiones leves y/o graves, como el contagio de enfermedades de transmisión sexual, como sida, sífilis, gonorrea y el virus de papiloma humano”.

En la exposición de motivos se advierte que prevalecen dificultades y obstáculos para garantizar respeto irrestricto a la integridad y seguridad de mujeres, adolescentes y niños en el país.

Prueba de ello es que en más de 13 estados el estupro se define como delito únicamente cuando la víctima vive “de manera casta y honesta”. En al menos once entidades no se castiga al responsable “si contrae matrimonio con la víctima, menor de edad”.

Asimismo, la violación entre cónyuges está tipificada como delito sólo en 13 de las 32 entidades federativas.

De ahí que, explicó el senador Andrade Quezada, se propone exhortar a los gobiernos estatales y los Congresos locales a realizar una profunda revisión del marco jurídico en torno a los delitos contra la libertad y el normal desarrollo sicosexual de los menores.

 
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