Usted está aquí: martes 18 de diciembre de 2007 Política Recordar Acteal

Carlos Montemayor / II

Recordar Acteal

Ampliar la imagen La matanza en Acteal dejó como secuela muchos menores huérfanos La matanza en Acteal dejó como secuela muchos menores huérfanos Foto: La Jornada

Detengámonos en el hecho de que los policías del estado que llegaron a Acteal a las cuatro de la mañana del día 23 de diciembre de 1997 se propusieron eliminar los cadáveres y borrar toda evidencia de la masacre.

Remitámonos primero al reportaje que publicó el 2 de marzo de 1998 Carlos Marín en la revista Proceso. Ahí reveló con detalle que la policía de Chiapas mantuvo siempre una conducta hostil contra las comunidades de simpatizantes del EZLN y que en la madrugada del 23 de diciembre llegó al extremo “de alterar las evidencias de lo que había sucedido en Acteal, al grado de que inventó muertes con arma blanca y destripamientos de mujeres encintas para fortalecer la cómoda hipótesis de venganzas entre indígenas primitivos”. Esta versión fue propalada por el gobierno estatal en una campaña de medios para sugerir que se había tratado de una especie de matanza ritual, al estilo de los kaibiles guatemaltecos. El Servicio Médico Forense del estado llegó inclusive a falsear su reporte para afirmar que 33 víctimas fallecieron por arma de fuego, siete por machetes o cuchillos (entre ellas varias mujeres embarazadas) y cinco por golpes en la cabeza.

En efecto, los policías estatales no preservaron el área de la matanza, no practicaron legalmente las diligencias para el levantamiento de cadáveres ni guardaron registro de los sitios donde se hallaron los casquillos de las balas percutidas. Tampoco permitieron, a pesar de su notoria negligencia, que intervinieran otros peritos en criminalística de campo.

Más tarde, sin embargo, los servicios periciales de la Procuraduría General de la República (PGR) determinaron que 43 víctimas habían sido ultimadas por arma de fuego y dos a base de golpes: 36 fueron asesinadas en las faldas del cerro, en una hondonada, y las nueve restantes fueron perseguidas y cazadas en las inmediaciones.

Ante estas irregularidades, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) planteó en su recomendación I/98, dirigida al nuevo gobernador de Chiapas y al procurador general de la República, las siguientes interrogantes:

¿Por qué los funcionarios públicos involucrados, dada la trascendencia y dimensiones del problema, no esperaron a que amaneciera para la práctica de diligencias tales como la fe ministerial de cada uno de los cuerpos, la preservación del lugar de los hechos y la fijación de evidencias como son fotografías, filmaciones, inspección ocular del terreno, entre otras, si las autoridades se habían hecho acompañar de aproximadamente 150 elementos de Seguridad Pública? ¿Por qué razón, tratándose de hechos delictuosos y de especial gravedad, no se conoce que haya tenido intervención el director de la policía judicial del estado? ¿Por qué razón le fue negado al subprocurador de Justicia Indígena, David Gómez Hernández, el apoyo de la policía judicial, específicamente del comandante Alvaro Gutiérrez destacamentado en Chenalhó? ¿Por qué Homero Tovilla Cristiani y Uriel Jarquín Gálvez, secretario general y subsecretario de Gobierno, dieron instrucciones a Gómez Hernández, siendo que estructuralmente éste no depende de ellos? ¿Por qué, tratándose de hechos tan graves, no se localizó al procurador general de Justicia del estado al iniciarse las acciones para enfrentar la emergencia ocurrida en Acteal? ¿Por qué razón, y ante la magnitud de los hechos, el subprocurador de Averiguaciones Previas, Ramiro Sánchez Vega, no ocurrió al lugar de la masacre con objeto de ordenar la práctica de diligencias básicas como sería la preservación del lugar de los hechos, la obtención de evidencias y la toma de fotografías, así como conducir la investigación?

El Ministerio Público de la Federación ejerció acción penal el 26 de diciembre por los delitos de homicidio calificado, lesiones y asociación delictuosa ante el juez segundo del Distrito Federal en Chiapas contra 16 personas. Al día siguiente el juez dictó acto de formal prisión en contra de los consignados. Más tarde, el 31 de diciembre, se dictó auto de formal prisión contra 23 personas más. La noche del 2 de enero de 1998 la PGR informó que el juez federal había también resuelto dictar auto de formal prisión en contra el alcalde Jacinto Arias Cruz, quien de acuerdo con diversos testimonios había proporcionado las armas de fuego a los responsables de la masacre de Acteal.

El día 11 de enero de 1998 la PGR difundió un boletín de prensa relevante porque comprobaba lo que era sabido por todos los habitantes de los Altos: que la policía estatal protegía a los grupos paramilitares. El boletín decía así:

“El día de hoy, el Ministerio Público de la Federación determinó ejecutar acción penal en contra de Felipe Vázquez Espinoza, comandante de la Dirección General de Seguridad Pública del estado, destacamentado en la comunidad denominada Colonia Miguel Utrilla, Los Chorros... Según las declaraciones vertidas, el comandante Vázquez Espinosa giró órdenes al personal bajo su mando a fin de que se permitiera el uso de armas de fuego prohibidas a civiles de la comunidad de Los Chorros; igualmente dio instrucciones para que, en vehículos oficiales de Seguridad Pública, se trasladaran cartuchos y armamento de distintos lugares hacia la comunidad de Los Chorros... asimismo... giraba instrucciones para que se brindara protección a diversos grupos civiles cuando se dedicaban a actividades ilícitas, tales como el robo de café... Felipe Vázquez Espinoza reconoció su participación en los hechos, sin embargo, adujo que las instrucciones que giró y su propia participación... se debía a las órdenes que a su vez había recibido de la superioridad, ya que cuando reportaba estos incidentes se le instruía verificar si las personas armadas detectadas pertenecían al Partido Revolucionario Institucional, y que en caso de que se tratara de militantes de dicho partido, los dejara en libertad”.

No fue extraño que en la recomendación I/98 de la CNDH, que los medios informativos difundieron el 11 de enero, se atribuyeran responsabilidades penales o administrativas a comandantes y oficiales policiacos y, de manera destacada, a funcionarios como Humberto Tovilla Cristiani y Uriel Jarquín Gálvez, secretario y subsecretario de Gobierno; Marco Antonio Besares Escobar, procurador general de Justicia del estado; David Gómez Hernández, subprocurador de Justicia indígena; general Jorge Gamboa Solís, coordinador general de la policía del estado, y José Luis Rodríguez Orozco, director de Seguridad Pública del estado.

 
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