Usted está aquí: jueves 13 de diciembre de 2007 Política Defiende Luna Ramos trabajo como “impartidora de justicia”

Estuvo entre los que apoyaron al góber precioso

Defiende Luna Ramos trabajo como “impartidora de justicia”

Jesús Aranda

En el contexto de las críticas que diversos sectores de la sociedad han hecho al fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre el caso Lydia Cacho, la ministra Margarita Luna Ramos justificó que en la función de juzgador, una de las finalidades primordiales es la aplicación irrestricta de la ley, “acción que no siempre es debidamente comprendida, pero de cuya aplicación depende un Poder Judicial sólido, autónomo e independiente”.

Luna Ramos, quien al igual que seis de sus compañeros consideró que el gobernador de Puebla no incurrió en violación “grave” de garantías de la periodista, añadió que “el honor de realizar la tarea de impartir justicia” es uno de los más nobles y elevados para un ser humano.

Al rendir su segundo y último informe como presidenta de la segunda sala de la SCJN, Luna Ramos añadió que está consciente de que “en un cuerpo colegiado prevalece la enorme ventaja de la responsabilidad compartida”.

Por su parte, José Ramón Cossío, quien leyó también su informe como presidente de la primera sala del máximo tribunal del país, dijo también que “el papel de los jueces no puede ser considerado sólo a partir de la crítica superficial”.

El relevante papel que los juzgadores tenemos conferido por la sociedad no puede ser considerado sólo a partir de la descalificación por la manera en que las garantías jurisdiccionales operan, dijo.

Apuntó que “mantener esa superficial línea de crítica significa dejar de considerar la manera en que los jueces influimos en la estructuración de las relaciones sociales, culturales, políticas o económicas de los habitantes de este país, lo cual es grave para la constitución de una sociedad democrática”.

Durante los informes rendidos en el salón de sesiones del pleno de la Corte, ambos ministros ofrecieron cifras sobre el número de asuntos resueltos.

Cossío destacó que durante el primer año, la sala a su cargo aprobó “criterios importantes en materia de derechos fundamentales”, comola declaración de constitucionalidad e interpretación para efectos del derecho interno de la Convención sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores; los relacionados con las libertades de expresión e imprenta y la prohibición de censura previa; facetas de la libertad religiosa y sus diferencias con la de culto, y definición de la igualdad de hombres y mujeres que garantiza la Constitución, entre otros.

 
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