Usted está aquí: martes 13 de noviembre de 2007 Política Responsables de la matanza de Acteal no actuaron con dolo, resuelve tribunal

Magistrado de Chiapas los absuelve de reparar el daño a familiares de las víctimas

Responsables de la matanza de Acteal no actuaron con dolo, resuelve tribunal

Les redujo la pena de cárcel de 26 a 25 años, informa el Consejo de la Judicatura Federal

Continúan sin cumplimentarse 22 órdenes de aprehensión contra involucrados

Alfredo Méndez

Un tribunal de apelaciones con sede en Chiapas modificó ayer la sentencia emitida en primera instancia judicial el pasado 23 de julio en contra de 18 responsables de la matanza de 45 indígenas de Acteal, por lo que su pena de prisión se redujo de 26 a 25 años, además de que quedaron absueltos del pago de la reparación del daño a los familiares de las víctimas.

El magistrado unitario Homero Ruiz Velázquez, dentro de la toca penal 251/2007, determinó que los sentenciados no actuaron de manera dolosa.

En su momento, los abogados defensores argumentaron que se vulneraron los límites de la prisión preventiva impuesta a los ahora 18 reos, por haber transcurrido casi 10 años de los acontecimientos sin que hubiera una decisión jurisdiccional definitiva.

Hasta el momento, por lo menos 76 indígenas han sido sentenciados como responsables de la muerte de las 45 personas en esa comunidad tzotzil de los Altos de Chiapas ocurrida el 22 de diciembre de 1997.

Ayer, el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) informó mediante un comunicado que el magistrado Ruiz Velázquez, titular del primer tribunal unitario del vigésimo circuito, asentado en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, “redujo de 26 a 25 años la pena de prisión dictada contra 18 implicados en los hechos del 22 de diciembre de 1997 en el paraje Acteal, municipio de Chenalhó.

“La decisión judicial se dio ante la apelación interpuesta por la defensa de los 18 nculpados.

“En julio anterior el juez segundo de distrito los declaró responsables de homicidio calificado, lesiones calificadas, portación de arma de fuego sin licencia y portación de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea.

“En su resolución el magistrado aclaró que en el caso no hubo denegación de justicia, sino que, para no dejar en estado de indefensión a los procesados, no se cerró la instrucción hasta que éstos estimaran que estaba agotado el desahogo de las pruebas que ofrecieron; además, que al advertir una violación procesal se ordenó reponer el procedimiento, lo cual hizo que quedaran sin efecto las dos primeras sentencias dictadas por el juez de la causa: el 16 de julio de 1999 y la del 12 de noviembre de 2002.

“En total se pronunciaron cuatro resoluciones. Las tres primeras quedaron insubsistentes por haberse ordenado la reposición del procedimiento”, puntualizó el comunicado.

Desde su inicio, el proceso judicial ha sido severamente cuestionado. Incluso organizaciones no gubernamentales han documentado que el expediente del caso está viciado de origen, ya que presenta múltiples contradicciones e irregularidades, además de que no se avizora una voluntad real de las autoridades ministeriales para esclarecer la masacre.

Hasta el momento faltan por cumplimentarse cerca de 22 órdenes de aprehensión, pues varios de los inculpados continúan prófugos de la justicia. A pesar de que hay suficientes evidencias de responsabilidad oficial en los hechos, ninguno de los altos funcionarios de ese entonces ha sido juzgado.

De acuerdo con fuentes judiciales, de los sentenciados, sólo cinco de los indígenas se confesaron culpables. Además, existen testimonios de que muchos de los condenados ni siquiera estaban cerca de Acteal aquella mañana del 22 de diciembre de 1997.

 
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