Usted está aquí: jueves 20 de septiembre de 2007 Sociedad y Justicia Bloquean en la Ssa norma que garantiza atención a víctimas de violencia familiar

Bernardo Fernández, ex abogado de la Arquidiócesis de México, involucrado en el caso

Bloquean en la Ssa norma que garantiza atención a víctimas de violencia familiar

Entre los auxilios que se deben proporcionar está brindar la anticoncepción de emergencia

Ángeles Cruz Martínez

La Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Salud (Ssa), a cargo de Bernardo Fernández del Castillo, ex abogado de la Arquidiócesis de México, tiene detenida la publicación del proyecto de actualización de la Norma Oficial Mexicana (NOM) sobre violencia familiar, que incorpora de manera explícita la obligación de los servicios médicos de proporcionar la atención necesaria a las personas, en particular las mujeres, que sean víctimas de violencia sexual en su hogar.

La revisión y actualización del documento estuvo a cargo de la misma Ssa durante la pasada administración. El trabajo se concluyó e inclusive ya pasó la revisión de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer), instancia que emitió su dictamen final aprobatorio desde el pasado 12 de enero de 2007.

El proyecto de NOM plantea varios cambios, el primero, el de su nombre, para denominarse NOM 046-SSA2-2005, violencia familiar, sexual y contra las mujeres: criterios para la prevención y atención, con el que se busca dar un carácter más amplio a los servicios de salud a que tienen derecho las víctimas.

La norma se publicó por primera vez en 1999 bajo el nombre de NOM 190-SSA1, prestación y servicios de salud: criterios para la atención médica de la violencia familiar. Debido a que la Ssa consideró necesario ampliar el campo de acción de este ordenamiento, incorporó, por ejemplo, el concepto de violencia sexual y la obligación de los prestadores de servicios de salud de ubicar el problema y, en su caso, ofrecer a las víctimas la anticoncepción de emergencia (o pastilla del día siguiente) para evitar el riesgo de un embarazo no deseado.

El personal de salud también tendría bajo su responsabilidad realizar las acciones médicas para prevenir infecciones de transmisión sexual e informar a las mujeres las alternativas legales a su disposición, de acuerdo con la entidad federativa en que se encuentren, para acceder a la interrupción legal del embarazo, si fuera necesario.

Este último tema, además, se incorporó a la nueva NOM, en cumplimiento al compromiso contraído por México ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en el acuerdo de solución amistosa del caso Paulina, quien fue víctima de violación y se le negó la posibilidad de aborto en Tijuana, Baja California.

La evaluación realizada por la Cofemer concluyó con un dictamen aprobatorio, y sólo planteó sugerencias para modificar la redacción de algunos de los numerales, con la finalidad de evitar contusiones y “resaltar que la práctica médica de un aborto está supeditada, única y exclusivamente, a la legislación de los estados en cuanto a su autorización”.

Con ello, señaló la comisión, se evita una interpretación errónea sobre la responsabilidad del Estado en esta materia. “Lo que se busca es proporcionar, a las mujeres que se encuentren en los supuestos establecidos por la legislación local, un tratamiento que garantice su salud y la posibilidad de ejercer plenamente un derecho (el del aborto legal) otorgado por dichas legislaciones” (estatales).

Todavía más, la Cofemer sugirió la inclusión de la definición genérica de “abuso sexual”, con el propósito de que la nueva NOM cumpla “de la manera más amplia posible con su objetivo de proteger a las víctimas de la violencia familiar”.

Con ese objetivo, planteó que se ampliara la definición de “abuso sexual infantil” para incluir una “actividad sexual inapropiada”, así como la observación de un acto sexual o bien la realización de fotografías o videos de desnudos con fines pornográficos.

Organizaciones civiles de mujeres consultadas sobre el tema explicaron que desde hace varios meses debió concluir la revisión de la Dirección de Asuntos Jurídicos y, de hecho, el proyecto de NOM ya tendría que haberse incluido en el Diario Oficial de la Federación, para el periodo de comentarios antes de su publicación definitiva.

Este retraso se suma al de la NOM para la prevención y control de VIH-sida que también se encuentra en el área jurídica de la Ssa, cuya revisión concluyó de manera oficial en noviembre pasado, cuando el Consejo Nacional para la Prevención y Control del VIH-sida (Conasida) entregó el documento a la Ssa para los trámites administrativos correspondientes.

 
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