Usted está aquí: miércoles 25 de julio de 2007 Política Libertad religiosa clerical

Bernardo Barranco V.

Libertad religiosa clerical

os reclamos de ampliar el marco jurídico de las libertades públicas a la Iglesia católica, propuesto por el alto clero mexicano, solicitando nuevos ajustes a la reforma realizada por Salinas de Gortari hace 15 años, se empata con su creciente aspiración a ser un actor con mayor protagonismo político y social. Este planteamiento apunta a discutir nuevamente la noción de libertad religiosa. En efecto, la jerarquía mexicana ha reprochado que la reforma de 1992 constituyó un avance en términos de ampliar las libertades de culto sin alcanzar la plena libertad religiosa, así como derechos plenos de la propia estructura eclesiástica.

Hace dos años la Conferencia del Episcopado Mexicano (CEM) emitió un comunicado en el que clarificaba su postura: "Cuando la Iglesia exige la libertad religiosa, no solicita una dádiva, un privilegio, una licencia que depende de situaciones contingentes de estrategias políticas o de la voluntad de las autoridades, sino que está pidiendo el reconocimiento efectivo de un derecho inalienable. Se trata de un derecho de la Iglesia como institución, se trata de un derecho humano de cada persona, de cada pueblo y de cada nación" (comunicado CEM, 10/8/05). Carlos Aguiar, presidente de CEM, es explícito al respecto diciendo: "... se dio el reconocimiento jurídico a la Iglesia y la relación diplomática con la Santa Sede; fue un gran paso, por supuesto, pero aún falta alcanzar la libertad religiosa. A los diputados y senadores vamos a clarificarles; por un lado, que la libertad religiosa es más que la libertad de culto y de creencia" (Proceso, 8/1/07).

En ese mismo tenor, debemos situar los planteamientos del cardenal Rivera Carrera y de sus abogados católicos; entre otros cambios, llama la atención la pretensión de modificar el artículo 24 constitucional para garantizar "plenamente" la libertad de culto, en el que los clérigos puedan hacer públicas sus posiciones "no partidistas, pero sí políticas" desde sus espacios religiosos. Por tanto, el derecho a tener una posición política "está en la vida común de todos los ciudadanos", y los ministros de culto, como ciudadanos, tienen derecho de expresarse en torno "a un determinado tema público, que no es un tema partidista" (La Jornada, 9/7/07).

Esta presión de la Iglesia católica tiene dimensión internacional que apunta al Vaticano. El tema de la libertad religiosa y el nuevo posicionamiento político-social fue abordado abiertamente entre los obispos mexicanos y el papa Benedicto XVI, durante la última visita ad limina en otoño de 2005, cuando el pontífice mostró su preocupación por la corrupción, el narcotráfico y los migrantes mexicanos.

En febrero de este año, previo a la visita de Benedicto XVI a Brasil para inaugurar la quinta Conferencia general del CELAM, convocó a 20 nuncios de la región y fue precisamente la libertad religiosa uno de los temas prioritarios del encuentro que duró tres días y que analizó la creciente ola secular, que, según la jerarquía, azota Latinoamérica con la legalización del divorcio, reconocimiento de uniones de parejas del mismo sexo, aborto, eutanasia, etcétera. El tema no pudo faltar en la reciente visita que el presidente Felipe Calderón realizó al Vaticano; el propio secretario de Estado, Tarcisio Bertone, abordó la libertad religiosa con el mandatario mexicano, quien horas después mostró extrañeza en la entrevista de Joaquín López Dóriga, porque, según él, las reformas del 92 han sido las adecuadas. Finalmente, el nuevo nuncio acreditado en México, monseñor Christophe Pierre, expresó la misma idea de ampliar el marco de la libertad religiosa.

Más que calificar de nueva cargada clerical, es conveniente discutir a fondo la noción de la libertad religiosa. Es un concepto heurístico, cargado y susceptible de infinidad de interpretaciones, dependiendo del lugar e interés del actor. Aunque a muchos miembros de la jerarquía e intelectuales clericalizados les moleste, la libertad religiosa no puede abordarse de manera abstracta, teóricamente, ni desencarnada de la historia ni de la realidad en que se pretenda aplicar.

La noción original del concepto es moderna, sus antecedentes surgen en 1555 bajo la atmósfera de la reforma protestante, por ello la libertad religiosa está emparentada directamente con la tolerancia y contra el fanatismo. En otras palabras, la libertad religiosa surge como un derecho reivindicado y ha ido ascendiendo en la modernidad a la par de la conquista de otras libertades sociales y políticas, como son los derechos a pensar, a expresarse y asociarse libremente; ésta ha sido consagrada en la Declaración Universal de los Derechos Humanos teniendo como sujeto central al individuo y a la persona humana. La Iglesia católica ha resistido dicha noción calificándola de "individualista"; a su entender la libertad religiosa no se reduce a la suma de libertades sectoriales, sino a un conjunto más complejo, es decir: la conciencia, el culto la asociación, la enseñaza y la expresión política como un todo.

La Iglesia católica ha retomado una vieja concepción tomista de concebirse como "sociedad perfecta", autónoma, independiente, como una sociedad soberana sólo equiparable a la del mismo Estado. Si bien en algún momento del Concilio Vaticano II, y en concreto en su Declaración Dignitatis Humanae (1965), la Iglesia llegó a matizar el enfoque, bajo Juan Pablo II y ahora especialmente con Benedicto XVI, la jerarquía católica ha retomado la doctrina de la sociedad perfecta de fuerte sabor medieval. En ese sentido es imposible desligar la libertad religiosa de las relaciones Estado-iglesias, ni del contexto concreto de cada país ni de la memoria histórica en que se circunscribe. Por ello, lejos de lo que muchos católicos conservadores piensan, la única garantía de proteger la libertad religiosa es fomentando el Estado laico y la concepción liberal que sentencia "una Iglesia libre en un Estado libre".

 
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