Usted está aquí: miércoles 20 de junio de 2007 Estados Tipifican como delito grave la tala ilegal en Edomex

Tipifican como delito grave la tala ilegal en Edomex

ISRAEL DAVILA

Toluca, Mex., 19 de junio. La Comisión de Procuración de Justicia del Congreso del estado de México aprobó, en una sola reunión de análisis, reformas al Código Penal mexiquense para endurecer las penas contra taladores ilegales y tipificar esta actividad como delito grave en la entidad.

El dictamen, que discutirá el pleno de la 56 Legislatura local la semana próxima, señala que la tala ilegal será castigada con penas que van de cinco a 20 años de prisión y que quienes incurran en esa actividad no puedan alcanzar la libertad bajo fianza, como ocurre actualmente.

De acuerdo con las autoridades estatales, 60 por ciento de los detenidos por talar árboles sin autorización obtienen su libertad de inmediato, debido a que no se considera delito grave (porque es castigado con 2 a 10 años de prisión), lo que genera impunidad.

Los diputados admitieron que el motivo para la aprobación vía fast track del dictamen fue la presión social y mediática, a raíz del homicidio del joven Aldo Zamora por presuntos talamontes que operan en el municipio de Ocuilan, en venganza por las denuncias que la familia del joven asesinado ha presentado por la destrucción de bosques en esa localidad mexiquense.

La iniciativa fue presentada por los partidos de la Revolución Democrática (PRD) y Acción Nacional (PAN), así como por el Ejecutivo del estado.

Los diputados, integrantes de la Comisión de Procuración de Justicia, coincidieron en fijar penas autónomas de acuerdo con las circunstancias en que se talan los árboles.

El artículo 299 del Código Penal quedó dividido en tres partes. Primero castiga con 5 a 15 años de prisión y multa de 500 a mil días de salario mínimo a quien sin autorización realice, consienta o participe en la transportación, almacenamiento, procesamiento, comercialización o destrucción de los productos de los montes o bosques, cualquiera que sea su régimen de propiedad, tenencia o posesión de la tierra.

Grave, el lucro indebido

Sólo en este caso la tala no es considerada delito grave, para no perjudicar a los campesinos que explotan el bosque sin tener un fin de lucro.

No obstante, la tala sí es considerada grave en los casos de los autores intelectuales, instigadores o quienes obtengan un lucro indebido de esta actividad, o bien, a quienes inciten a menores de edad para cometer este delito. La pena es 7 a 15 años de prisión y multa de 700 a mil días de salario mínimo.

Las condenas más altas, que son de 10 a 20 años de prisión y de mil a mil 500 días de multa, fueron pensadas para las bandas organizadas dedicadas a explotar los bosques de manera ilegal.

Estas penas se aplicarán a las personas que empleen motosierras, sierras manuales o sus análogas o demás objetos utilizados para perjuicio o destrucción de los bosques, así como para quien utilice vehículos, camionetas o camiones para cargar tocones de madera; y cuando participen en la comisión de este delito servidores públicos.

 
Compartir la nota:

Puede compartir la nota con otros lectores usando los servicios de del.icio.us, Fresqui y menéame, o puede conocer si existe algún blog que esté haciendo referencia a la misma a través de Technorati.