Usted está aquí: martes 5 de junio de 2007 Estados Aprueban en Coahuila ley para proteger a no fumadores

Prevé desde agosto arrestos, multas y clausura de negocios

Aprueban en Coahuila ley para proteger a no fumadores

LEOPOLDO RAMOS

Saltillo, Coah., 4 de junio. El Congreso de Coahuila aprobó por unanimidad una ley que impide fumar incluso en sanitarios públicos, e incluye multas y pena de cárcel, para quienes incumplan las disposiciones.

La Ley de Protección a los No Fumadores entrará en vigor en agosto entrante; para entonces, restaurantes, bares y centros nocturnos deberán delimitar áreas exclusivas para fumadores, o en su caso, aclarar con señalamientos visibles que en esos establecimientos se prohíbe fumar.

La normativa contempla multas de 476 a 4 mil 760 pesos para los propietarios de establecimientos comerciales o de servicios que permitan fumar a sus clientes pero no tengan áreas exclusivas para fumadores, o bien que permitan hacerlo en áreas prohibidas. Los fumadores que incumplan la normatividad también serán sujetos a esta sanción. En el caso de reincidencia, se someterá a los infractores a arrestos hasta de 36 horas.

Cuando un consumidor no respete las disposiciones deberá ser reprendido por el gerente o representante del negocio, y en casos extremos, cuando el fumador se resista a cumplir con la ley, podrá ser sacado del lugar por la fuerza pública.

A los propietarios de comercios, bares o restaurantes que no delimiten áreas para fumadores, o no impidan fumar en lugares prohibidos, se les cancelará la concesión.

Además de que no se permitirá fumar en cualquier edificio público, la prohibición abarca "áreas cerradas de los cines, teatros, museos, centros de entretenimiento y auditorios a los que tenga acceso el público en general, con excepción de los vestíbulos y secciones expresamente señaladas para fumar".

Tampoco se permitirá fumar en los "baños públicos y sanitarios móviles, transporte colectivo que circule en el estado, ni transporte escolar". Tampoco en elevadores de edificios públicos o privados, bancos, tiendas de autoservicio o departamentales.

Estará prohibido fumar "en áreas cerradas de bibliotecas, hemerotecas, museos, casas de la cultura y centros públicos de cómputo, áreas cerradas donde se practique deporte", salvo en los vestíbulos de fumar que se delimiten, y señalen con oportunidad y en forma clara.

 
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