Usted está aquí: jueves 31 de mayo de 2007 Política Trato igualitario, demandan las radios comunitarias

La resolución de la Corte, un primer paso, dicen

Trato igualitario, demandan las radios comunitarias

Es necesario otorgar certeza jurídica, señala la AMARC

ALONSO URRUTIA, ROBERTO GARDUÑO

Al decretarse la inconstitucionalidad de la fracción primera del artículo 20 de la Ley Federal de Radio y Televisión, que contenía acciones discrecionales contra las radios comunitarias, la Asociación Mundial de Radios Comunitarias (AMARC) solicitó al Congreso mexicano legislar con objeto de dar un trato igualitario a todos los medios de comunicación, independientemente de su naturaleza y tamaño.

El fallo referido establece criterios públicos, claros y transparentes, con el fin de garantizar a las emisoras comunitarias el acceso a permisos y concesiones.

La resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que anula la discrecionalidad de la autoridad en la entrega de permisos, es un avance ''histórico'' pero aún insuficiente en la legislación de los medios de comunicación permisionados, consideró la mencionada asociación. Hubiera sido deseable que también se aprobara la igualdad ante la ley de los concesionarios con los medios permisionados privados, que son los que opera la sociedad civil.

Entrevistados por separado, Aleida Calleja, vicepresidenta de AMARC en América Latina, y Daniel Iván Díaz, representante en México de la organización, señalaron que los términos en que había quedado la reforma a la Ley Federal de Radio y Televisión -considerada por los ministros anticonstitucional- eran ''absolutamente discriminatorios para los medios permisionados privados''.

Díaz sostuvo que esta determinación -anular la discrecionalidad- elimina el sesgo ''policiaco'' a las reformas, que permitía a la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) solicitar ''cualquier información ante cualquier instancia para otorgar un permiso. Esto abría la puerta a las secretarías de la Defensa Nacional (Sedena) o de Seguridad Pública federal (SSP), lo que es inadmisible en un Estado que se dice democrático''.

Para Calleja, esto es un elemento que puede contribuir a avanzar en la certeza jurídica para quienes soliciten nuevos permisos para operar radios comunitarias, porque elimina la discrecionalidad gubernamental. Esta demanda de las organizaciones sociales era un reclamo que se arrastraba desde hace 20 años y que nunca se había querido atender.

Con la determinación de los ministros ahora quedará más claro que deben existir una serie de requisitos fijados en la legislación para el otorgamiento de permisos. Sin embargo, esta condición debería hacerse extensiva a los plazos de respuesta de la autoridad, sea afirmativa o negativa, pero con periodos bien definidos, los cuales en la actualidad no existen.

No obstante, un riesgo para este quehacer, dijo Calleja, son las radios religiosas y especialmente las evangelistas, que bajo el carácter de comunitarias no cumplen con una función social específica, pero sí practican adoctrinamiento.

Ambos coincidieron en que a pesar que algunos ministros hicieron planteamientos ''de avanzada'' -como Mariano Azuela en relación con la desigualdad ante la ley de permisionados y concesionados-, no se concretó totalmente en la anulación. Díaz manifestó que los alcances de la discusión de los ministros no debe quedarse sólo en la posibilidad de considerar anticonstitucionales algunas reformas, sino que el sentido de los debates debe ser recogido por el Congreso de la Unión para preparar modificaciones en ese sentido.

Calleja destacó la importancia que tendrá para alentar esto la forma en que la Corte ha abordado el tema, pues ha logrado transparentarlo plenamente.

 
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