Usted está aquí: lunes 28 de mayo de 2007 Capital Existe un precedente en la Corte en materia de aborto

En 2002 se pronunció por la vida desde la concepción

Existe un precedente en la Corte en materia de aborto

Hoy o mañana decide si admite o desecha los recursos

ALFREDO MENDEZ ORTIZ

Ampliar la imagen El ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano, en primer plano, será el encargado de admitir o desechar, este lunes o el martes, las acciones de inconstitucionalidad El ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano, en primer plano, será el encargado de admitir o desechar, este lunes o el martes, las acciones de inconstitucionalidad Foto: José Carlo González

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ya cuenta con un precedente jurídico en materia de aborto, pues en 2002, cuando analizó la llamada ley Robles, se pronunció por mayoría de nueve votos a favor de respetar el derecho constitucional de defender la vida de cualquier ser humano a partir de su concepción.

Según fuentes del máximo tribunal consultadas, será entre lunes y martes de esta semana cuando el ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano admita a trámite o deseche las acciones de inconstitucionalidad presentadas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y la Procuraduría General de la República (PGR) contra las reformas en materia penal y de salud de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) que despenalizan el aborto hasta las 12 semanas de gestación.

Para que pueda ser cancelada la reciente reforma en esa materia es indispensable que ocho ministros se pronuncien sobre la inconstitucionalidad de la ley.

Además, por tratarse de un recurso jurídico que impugna una ley de aplicación general, no procede la suspensión de la misma, por lo que durante el tiempo que el máximo tribunal país analice el contenido de ambas acciones -que puede alcanzar los 12 meses en estudio-, la reforma que despenaliza el aborto en el Distrito Federal podrá continuarse aplicando en los hospitales de esta ciudad capital.

Una vez que se dé entrada a las dos acciones de inconstitucionalidad, ambas se acumularán en un solo expediente para que después el ministro instructor, Aguirre Anguiano, realice un proyecto de resolución que en su momento sería discutido por el pleno de la Corte.

Si son admitidos los recursos de inconstitucionalidad, en un periodo de 15 días la PGR y la CNDH ampliarán sus argumentos, los fundarán y motivarán.

A su vez, el ministro instructor rendirá un informe para sostener la improcedencia de las acciones de inconstitucionalidad y emitir las razones y fundamentos tendentes a demostrar la validez de las normas.

Las conclusiones de la Corte

Durante los debates del 29 y 30 de enero de 2002 en el pleno de la SCJN, nueve ministros establecieron que la Constitución protege la vida del producto de la concepción desde su inicio.

Para llegar a la anterior conclusión, la mayoría de los ministros enlazó entre sí la Constitución, diversas convenciones internacionales como la de los Derechos del Niño, leyes federales, antecedentes de reformas legislativas, a fin de determinar que "se ha de proteger la vida humana con el máximo cuidado desde la concepción".

Asimismo, una mayoría de ministros se pronunció en 2002 en cuanto a que el aborto es un delito, sólo que en determinadas circunstancias comprobables (violación o malformación del producto, "el Estado renuncia a castigarlo".

Sin embargo, varios de los ministros que en aquella ocasión coincidieron en que la Constitución protege la vida humana ya no forman parte de la Corte hoy en día.

Los ministros Juventino Castro, Juan Díaz Romero, José Vicente Aguinaco y Humberto Román Palacios votaron en este sentido, pero ya no forman parte del pleno de la Corte.

En aquella ocasión se debatieron puntos específicos de la llamada ley Robles, relativa a una reforma al Código Penal del DF, de agosto de 2000.

Los ministros consideraron legítimo por siete votos que el Distrito Federal no castigue a la mujer o los médicos que practiquen el aborto de un producto cuyas malformaciones genéticas son tales, que su vida está en peligro. No obstante, quedó de relieve que no por el hecho de que el Estado renuncie al castigo penal, quienes practiquen un legrado dejan de ser delincuentes ante la ley.

Además, no se alcanzaron en 2002 los ocho votos para que se declarara la invalidez e inconstitucionalidad de un artículo que permite la violación cuando se demuestra ante el Ministerio Público que la concepción fue producto de una violación.

Ahora que la ALDF ha reformado las leyes penales locales para permitir el aborto sin adjetivos hasta las 12 semanas de gestación, requerirá de un nuevo debate en el pleno de la Corte, aunque en 2002 la primera prioridad de los ministros quedó asentada al determinar que la Constitución protege la vida desde la concepción.

 
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