Usted está aquí: jueves 10 de mayo de 2007 Política Ordena la Corte incluir en padrón a todos los ex braceros o sus familiares

Declara inconstitucionales preceptos de la ley del fideicomiso de apoyo

Ordena la Corte incluir en padrón a todos los ex braceros o sus familiares

Plantea como requisito que hayan trabajado legalmente en EU entre 1942 y 1964

JESUS ARANDA

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó ayer que la Secretaría de Gobernación deberá incluir a todos los ex braceros, o bien, sus hijos o cónyuges, que hayan trabajado legalmente en Estados Unidos de 1942 a 1964, en el padrón del fideicomiso que administra el Fondo Nacional de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios.

Aun cuando la decisión beneficia exclusivamente a los 28 ex braceros que fueron amparados ayer por el máximo tribunal, ésta abre la puerta para solventar las irregularidades que presenta el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, ya que la Secretaría de Gobernación tiene un padrón actual de sólo 47 mil personas cuando, de acuerdo con información de la Cámara de Senadores, el número de compatriotas que cotizaron el 10 por ciento de sus salarios durante el periodo mencionado supera los 250 mil.

Es decir, todos los ex braceros que no fueron empadronados por la Secretaría de Gobernación, pero que cuentan con la documentación establecida también ayer por la Suprema Corte (mica café, contrato de trabajo o recibos de pago originales), estarán en condiciones de interponer un amparo ante la justicia federal contra los artículos invalidados, con grandes posibilidades de que les den la razón y sean inscritos en dicho padrón.

El Congreso de la Unión destinó para el periodo 2005-2007 un fondo de 900 millones de pesos para entregar a cada uno de los ex braceros que participaron en el Programa de Trabajadores Migratorios la cantidad de 38 mil pesos. Sin embargo, esta estimación fue hecha con base en el cálculo de que los beneficiarios sólo son 38 mil.

En razón de lo anterior, en caso de que prosperen más amparos contra la citada ley, los recursos asignados hasta la fecha serían insuficientes.

De acuerdo con el gobierno federal, hasta la fecha 15 ex braceros ya recibieron el dinero que les correspondía.

Determina inconstitucionalidad

Al declarar la inconstitucionalidad de la fracción primera del artículo 4 y la fracción primera del artículo 6 de la ley que crea el fideicomiso que administrará el Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, el máximo tribunal determinó que dichos preceptos violan la Carta Magna al limitar el acceso al apoyo social únicamente a los ex trabajadores migratorios que estuvieran incluidos en el padrón, con lo quedaban al margen del beneficio correspondiente los que no estuvieran registrados.

Los ministros de la primera sala de la SCJN determinaron que todos los ex trabajadores están en la misma situación, porque de otra manera se vulnera el principio de igualdad y no discriminación.

Al resolver ayer 28 amparos contra la citada legislación, los juzgadores dictaminaron que la Secretaría de Gobernación deberá considerarlos beneficiarios de la misma ley, independientemente de que estén o no empadronados.

Por otra parte, la resolución precisa los requisitos que debe exigir la Secretaría de Gobernación para incluir a los ex trabajadores en el padrón respectivo.

Esto es, que para acreditar su personalidad los beneficiarios deberán presentar original de su mica café (de empleo temporal) o contrato de trabajo o un recibo en que se demuestre que laboró legalmente en Estados Unidos de 1942 a 1964.

La Suprema Corte determinó también que en caso de que el titular haya fallecido, únicamente tienen derecho a reclamar el beneficio la esposa o los hijos, mas no el padre o sus hermanos.

La fracción primera del artículo 6, que fue declarada inconstitucional, señala que serán beneficiarios de los apoyos los ex trabajadores migratorios o sus cónyuges o hijos que sobrevivan, siempre y cuando hayan efectuado su registro en el padrón de la Secretaría de Gobernación.

Cabe señalar que el fideicomiso en cuestión fue creado con el propósito de otorgar un apoyo social a los ex braceros mexicanos que hubiesen laborado en Estados Unidos legalmente en el periodo señalado, dentro del Programa de Trabajadores Migratorios. Dinero que, por cierto, hasta la fecha no se ha entregado a los ex braceros.

 
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