Usted está aquí: martes 8 de mayo de 2007 Política Justicia violada

Magdalena Gómez

Justicia violada

La sentencia a 67 años de prisión contra Ignacio del Valle, Felipe Alvarez y Héctor Galindo, líderes del Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra (FPDT), nos muestra de manera fehaciente la criminalización de la protesta social. En otros países, como Argentina, e incluso en el foro de abogados en Estados Unidos, se ha planteado de manera consistente que las diversas formas de lucha social constituyen también alcances de las libertades de expresión y de organización.

Ninguna de estas dimensiones está considerada en el horizonte judicial de nuestro país, sencillamente porque se practica la desviación de poder; esto es, el uso de los aparatos del Estado para perseguir a los movimientos de oposición y a sus líderes. Sin embargo, no está dicha la última palabra, ni jurídica ni políticamente.

Otro caso de contraste nos ejemplifica la realidad de la procuración de justicia, cuyas deficiencias son cotidianas, pero cuando aparecen de manera fehaciente intereses políticos, el absurdo y lo inimaginable se hacen presentes.

Me refiero al desenlace de la investigación sobre la muerte de doña Ernestina Ascensión. Me interesa insistir en sus implicaciones, pero también dejar planteadas interrogantes que guardan relación con el hecho de que se trate de una anciana indígena de la comunidad de Tetlacingo, municipio de Soledad Atzompa, en la región de Zongolica, Veracruz.

Fue de dominio público que las investigaciones de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Veracruz apuntaban hacia la violación de la señora Ascensión por miembros del Ejército, las cuales se basaban en el testimonio de sus familiares respecto al sentido e interpretación de las últimas palabras que pronunció. Pero no sólo eso: también existían informes médicos y dictámenes periciales en el mismo sentido.

Como bien sabemos, intervino la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), la cual alegando dictámenes contrarios negó categóricamente la hipótesis de la violación y sostuvo la de enfermedad, filtrando tales consideraciones al Ejecutivo federal, quien se aprestó a dar la "primicia".

Se presentaba así un ambiente de abierta confrontación por lo que el "señor gobernador" entró en escena para aplicar un "control de daños". Por principio declaró que ningún militar había participado en los "hechos" investigados. Acto seguido, el pasado 30 de abril, el procurador de Veracruz, Emeterio López, y el fiscal especial, Juan Alatriste, cerraron el caso de Ernestina Ascensión e informaron que, de acuerdo con las investigaciones realizadas, y con base en las pruebas de laboratorio obtenidas (¿por la CNDH?) la causa de la muerte pudo ser una parasitosis; por lo tanto, se concluyó que no se ejercitará acción penal por los supuestos delitos de violación y homicidio. Agregaron "que pasa a segundo plano saber si la causa de muerte fue mecánica o patológica".

Ante la necesidad de sacar las manos del asunto y cerrar el caso, poco importó la mínima coherencia y terminaron "aceptando" la investigación de la CNDH, descartando la que habían realizado conforme a sus funciones exclusivas. Por su parte, la Secretaría de la Defensa Nacional simplemente hizo mutis; no obstante que había emitido comunicados afirmando que tenía muestras de líquido seminal (número 019) para luego negarlo.

No estamos ante una comedia de equivocaciones: el caso no puede ser cerrado, se han cometido violaciones a los derechos fundamentales de legalidad y seguridad jurídica con la irregular integración de la averiguación previa. Es notoria la manipulación que se hizo del uso de traductores y evidente el desconocimiento de que en materia indígena no puede hacer transcripción literal, sino que se debe hacer una traducción cultural. De todo ello debe dar cuenta la procuraduría veracruzana.

Por otro lado, en toda esta historia se realizaron acciones y presumiblemente presiones hacia la familia de doña Ernestina Ascensión: ¿a qué fue el subsecretario de Gobernación a Tetlacingo? ¿Qué motivó su declaración de negarse a seguir afectando la memoria de su madre? ¿Cómo se "convencieron" de aceptar la decisión de la procuraduría y no promover amparo?

Lamentablemente, este caso deja otros saldos que de momento no estamos en condiciones de valorar. ¿Qué opinión tiene la comunidad de Tetlacingo, sus autoridades? ¿Cómo era antes de estos hechos la relación con el municipio de Soledad Atzompa? La incursión política de autoridades federales y estatales no parece inocente. Otorgar u ofrecer apoyos a la familia estando en curso la investigación contribuyó a fomentar la división entre todos los actores, tanto los directamente agraviados, como los que se colocaron a la cabeza de la defensa del dicho inicial de la familia.

Como vemos, en estos y otros casos se tendrá que seguir acudiendo a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en busca de un real acceso a la justicia, que en nuestro país hoy por hoy es violada por quienes deben garantizarla.

 
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