Usted está aquí: jueves 3 de mayo de 2007 Política Ratifica el TEPJF multa al PAN por violar la tregua navideña en 2005

El programa Bienvenido Paisano Azul buscó posicionar a su candidato y al partido

Ratifica el TEPJF multa al PAN por violar la tregua navideña en 2005

Anula decisión del IFE de desincorporar tres altos cargos del Servicio Profesional Electoral

ALONSO URRUTIA

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó una multa al PAN por haber violado en 2005 la tregua navideña e incurrir en actos anticipados de campaña buscando beneficiar a su candidato presidencial. También consideró correcta la decisión del Instituto Federal Electoral (IFE) para no sancionar la campaña negativa contra Roberto Madrazo denominada "¿Y tú le crees a Madrazo?", ya que el instituto no tiene facultades para castigar a un ciudadano.

En contrapartida, una nueva resolución de los magistrados cuestionó el desempeño del IFE por resolver un caso interno de manera contraria a la Constitución y la legislación. El motivo: la decisión de la Junta General Ejecutiva de desincorporar del Servicio Profesional Electoral (SPE) tres altos cargos del Registro Federal de Electores.

De entrada, señaló el tribunal, la decisión de la junta no fue bien sustentada, independientemente de que los puestos de los coordinadores de Control del Padrón Electoral, de Planeación y Evaluación, así como de Actualización en Campo del Padrón Electoral son cargos clave en un instrumento estratégico para la organización electoral. Para el magistrado Pedro Penagos, desempeñan funciones que evidentemente pueden incidir en el procedimiento de conformación del padrón electoral.

Especialmente crítica fue la magistrada María del Carmen Alanís -ex secretaria ejecutiva del IFE-, quien señaló que la ley es muy expresa: "los cargos por debajo del nivel de director ejecutivo deben ser del Servicio Profesional Electoral". Consideró que no pueden tomarse como puestos de confianza sino que son tan especializados que requieren de una formación profesional que sólo el SPE les puede conferir.

Subrayó que la importancia conferida por el Poder Legislativo al padrón electoral y al SPE parte desde la Constitución y es reforzada por las leyes secundarias. Por ello, el IFE debe salvaguardar que ese desempeño sea profesional manteniendo estas plazas dentro del ámbito del SPE.

En el mismo sentido habló el magistrado presidente, Flavio Galván, quien subrayó que la ley establece parámetros de formación, capacitación y promoción del personal en el IFE. En votación unánime, los magistrados concedieron la razón al PRD en su recurso y ordenaron al IFE revocar el acuerdo, devolviendo las plazas al SPE.

No fue la única decisión del IFE que los magistrados revocaron, también le devolvieron, "para su mejor fundamentación e individualización de las sanciones", el expediente de la Alianza por México relacionado con la reunión que en su momento tuvo Roberto Madrazo con gobernadores priístas que también contenía la colocación irregular de propaganda.

Sin embargo, en dos temas los magistrados coincidieron con los consejeros electorales, uno de ellos, sancionar al PAN por haber violado la tregua navideña. El TEPJF consideró que en diciembre de 2005, cuando ya estaba vigente la pausa, en Nuevo Laredo, el PAN instrumentó una campaña -llamada Bienvenido Paisano Azul- de distribución de trípticos relacionados con el voto de los mexicanos en el extranjero.

Las explicaciones panistas de que se trataba de un programa institucional no fueron admitidas por el TEPJF, el cual sostuvo que la distribución de la propaganda dirigida a mexicanos residentes en el extranjero que regresaban de vacaciones al país pretendía posicionar al candidato presidencial y al partido. Esto, pese a que no se mencionaba expresamente al primero, pero se incluía el logo del PAN en materiales dirigidos a quienes podían votar únicamente en la elección presidencial.

Por lo que hace a la campaña negativa contra Madrazo, el tribunal consideró que no puede ser sancionada por el IFE, dado que carece de facultades para el caso de que sean ciudadanos quienes violenten la legislación electoral.

Los magistrados estimaron que si bien no hubo posibilidad de sanción, los consejeros efectuaron realmente una investigación que les permitió determinar que fue Genaro Morales el único responsable de la campaña contra Madrazo. En este sentido, los recursos de PRI y PRD contra la presunta falta de investigación son infundados.

Los magistrados Galván y Alanís coincidieron en que no se puede ordenar al IFE aplicar sanciones que por ley no están autorizadas, aunque hubiera una violación al Cofipe.

 
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