Usted está aquí: miércoles 18 de abril de 2007 Política Los trabajadores del ININ se suman a la solicitud de amparo contra Ley del ISSSTE

El recurso promovido contó con el respaldo de grupos parlamentarios de oposición

Los trabajadores del ININ se suman a la solicitud de amparo contra Ley del ISSSTE

ENRIQUE MENDEZ, ROBERTO GARDUÑO

Los trabajadores del Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares (ININ) promovieron un amparo indirecto para impugnar, "por inconstitucional", la nueva ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) aprobada por la Cámara de Diputados hace un mes.

El amparo, que fue presentado por el trabajador Arturo Delfín, contó con el respaldo de los grupos parlamentarios de PRD, PT y Convergencia, y servirá como formato para todo aquel trabajador que decida rechazar el dictamen legislativo que abrogó derechos a los empleados del Estado.

La suspensión promovida refiere que la ley impugnada es herramienta de las autoridades federales para violar las garantías constitucionales de los trabajadores, "entre otras la garantía de no retroactividad de las leyes en perjuicio de personas, al no verse afectado el interés público, y con fundamento en el artículo 124 de la Ley de Amparo solicitamos nos sea concedida la suspensión provisional y posteriormente la definitiva, ya que se haya sustanciado el incidente relativo".

De acuerdo con el formato de amparo, el diputado Silvano Garay, del PT, refirió que la nueva Ley del ISSSTE causa perjuicios personales a los trabajadores y tiene efectos futuros que se deben prevenir al restringirse los derechos y garantías de empleados al servicio del Estado.

El formato manifiesta que los responsables de la aprobación de la nueva ley son las cámaras de Diputados y Senadores, al aprobar y expedir la nueva legislación; el Presidente de la República, por haberla promulgado; el secretario de Gobernación, como autoridad refrendadora del decreto; el director del Diario Oficial de la Federación, por haber autorizado la publicación del decreto, y el ISSSTE por haberse convertido en autoridad ordenadora y ejecutora de la nueva norma.

En el caso de la nueva Afore pública, denominada Pensión-ISSSTE, el amparo indirecto señala que "impide la vinculación de las cotizaciones cuando se está simultáneamente afiliado al ISSSTE y al Seguro Social, lo que significa que las aportaciones a uno u otro de los institutos se pierden, con la consecuente afectación a nuestro derecho de propiedad sobre los fondos constituidos con las cuotas".

En efecto, refiere el texto, al privatizarse el sistema del fondo para el retiro se afectan derechos patrimoniales adquiridos por los quejosos.

Los promoventes del citado amparo sugieren a todos aquellos que deseen presentar ese recurso ante el Poder Judicial, que la demanda se presente como límite el jueves 19 de abril hasta las 23 horas con 50 minutos, aun cuando el término legal sea el 20 de abril a las 23 horas con 50 minutos.

Otra querella

Otro grupo de trabajadores al servicio del Estado también presentó ayer demandas de amparo en contra de la reforma a la Ley del ISSSTE, por considerar que es inconstitucional. Encabezados por el abogado Román Díaz, los quejosos, que forman parte de diversas agrupaciones, entre ellas la Coordinadora de Trabajadores en Defensa del ISSSTE, y el Movimiento Ciudadano Obradorista, solicitaron la protección de la justicia federal con el propósito de cancelar la entrada en vigor de dicha norma.

Entrevistado en las instalaciones del Poder Judicial Federal, el litigante refirió que ya se encuentran en trámite más de 10 mil juicios de garantías de trabajadores que están inconformes, ya que consideran que el gobierno federal no tomó en cuenta sus opiniones antes de plantear la reforma al Congreso de la Unión.

Refirió que la Ley del ISSSTE en materia de jubilaciones y pensiones viola las garantías individuales de los funcionarios públicos y de los empleados al servicio del gobierno federal, además de que "afectarán sus intereses patrimoniales".

Puntualizó que dichas reformas violan los artículos primero, 14, 15, 25, 26 y 123 de la Constitución, debido a que dejan abierta la puerta para una eventual privatización del ISSSTE.

Las demandas de garantías serán turnadas en las próximas horas a algunos de los 16 juzgados federales en materia administrativa con sede en la ciudad de México, y en caso de que sean admitidas se concederá la suspensión provisional, que permitirá a los trabajadores quejosos que no se apliquen en su perjuicio dichas reformas.

Como se recordará, hace dos semanas el Senado aprobó la reforma al régimen de pensiones y jubilaciones del ISSSTE, que entre otras cosas implica la posibilidad de que parte de los fondos de retiro de los trabajadores sean administrados por una institución crediticia.

Según el abogado Román Díaz, al firmar dichas reformas, el Ejecutivo federal incurrió en violaciones constitucionales que deberán ser subsanadas por el Poder Judicial de la Federación.

Con información de Alfredo Méndez

 
Compartir la nota:

Puede compartir la nota con otros lectores usando los servicios de del.icio.us, Fresqui y menéame, o puede conocer si existe algún blog que esté haciendo referencia a la misma a través de Technorati.