Usted está aquí: miércoles 31 de enero de 2007 Política México puede quejarse en la Corte de La Haya

Posible violación al tratado de extradición con Madrid: magistrado Luna Altamirano

México puede quejarse en la Corte de La Haya

ALFREDO MENDEZ ORTIZ

Ampliar la imagen El magistrado Jesús Guadalupe Luna Altamirano, ayer Foto: Roberto García Ortiz

Conocedor a fondo del caso y experto en temas de extradición, el magistrado federal Jesús Guadalupe Luna Altamirano, quien en 2001 avaló el envío a España del ex represor argentino Ricardo Miguel Cavallo, Sérpico o Marcelo, para que fuera juzgado en ese país por los delitos de genocidio y terrorismo, criticó la determinación de la justicia española que se declaró incompetente para juzgar al ex capitán de la Marina y lo liberó por unas horas, sin haber consultado a las autoridades mexicanas, como establece el tratado de extradición entre ambos países.

En conferencia de prensa, el juzgador mexicano puntualizó: "Es muy grave lo que hicieron las autoridades del país europeo, en caso de que se confirme ­más allá de los medios de comunicación­ que ese país está declarando su incompetencia para efectos de mandar el caso Cavallo a Argentina, ya que estamos ante una posible violación al artículo 18 del Tratado de Extradición México-España".

El pacto refiere que la extradición en beneficio de un tercer Estado requirente no será otorgada sin el consentimiento de la parte que concedió el envío original, en este caso México.

Según reportes de agencias internacionales que citaron fuentes judiciales españolas, el pasado lunes Sérpico fue liberado por decisión de la sección penal de un tribunal de apelaciones porque no era necesario mantenerlo privado de su libertad porque España carece de jurisdicción para juzgarlo en ese país.

Sin embargo, el juez de instrucción Fernando Andreu volvió encarcelar a Cavallo horas después, en cumplimiento de una petición de extradición emitida la víspera por el gobierno argentino.

Luna Altamirano opinó que sí México no otorga el beneplácito a España para que Marcelo sea enviado a Argentina, "la violación a los acuerdos internaciones sería plena", lo que dejaría en posibilidades a las autoridades mexicanas a quejarse ante la Corte Internacional de La Haya.

No obstante, reconoció que si España cumple con lo establecido en el artículo 18 de la Ley de Extradición, el gobierno mexicano no tendría por qué oponerse al envío a Argentina del represor.

Luna precisó que en agosto de 2001, cuando Cavallo fue detenido en México y aún no eran declaradas inconstitucionales en Argentina las leyes de Punto Final y de Obediencia Debida, el inculpado pudo haber llegado a su país de origen sin temor de ser juzgado.

"Ahora, como ya no existe ningún impedimento legal, porque el 15 de junio de 2005 fueron declaradas inconstitucionales ambas leyes argentinas, es obvio que las autoridades de ese país están facultadas para solicitar la extradición de Cavallo.

"De hecho, considero que de acuerdo con el principio de territorialidad, por la nacionalidad argentina de Cavallo y a que los hechos delictivos se cometieron allá, pues qué mejor que ese país sea el que lo juzgue; ellos tienen los elementos a su alcance para realizar un buen juicio."

Luna planteó su desacuerdo con la determinación de las autoridades judiciales españolas respecto de que ese país carece de jurisdicción para indiciar a Cavallo por delitos de lesa humanidad ocurridos durante la pasada dictadura argentina (1976-1983).

"No estoy de acuerdo con los argumentos jurídicos de la Audiencia Nacional sobre la supuesta incompetencia para juzgar al inculpado", puntualizó el magistrado, quien el 12 de enero de 2001 avaló la extradición de México a España de Cavallo, bajo el principio de justicia universal y apoyado en que entre las víctimas del ex represor argentino había personas de nacionalidad española.

Sobre las determinaciones recientes que han tomado las autoridades judiciales de España sobre el caso Cavallo, Luna señaló: "Con todo el respeto que me merecen allá, lo que debieron haber hecho, más que declararse incompetentes es, en principio: esperar a que se tramitara la rextradición por Argentina; inmediatamente después, una vez que España hubiera recibido esta petición, debió solicitar el consentimiento de México.

"Las autoridades jurisdiccionales españolas hicieron todo al revés; primero declararon su incompetencia y liberaron a Cavallo, y ya después recibieron la petición de extradición de Argentina.

"Considero esto un error, y de confirmarse ­porque estamos hablando de supuestos que nos da la prensa internacional­, entonces sin duda hubo una violación al artículo 18 del Tratado de Extradición México-España, por lo que las autoridades de nuestro país estarían en su derecho de quejarse ante la Corte Internacional de La Haya", indicó.

 
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